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Myrtle Beach DUI Licencia de Conducir Suspensión Abogado

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Abogado de Suspensión de Licencia de Conducir por DUI en Myrtle Beach, SC

Además de los cargos penales que van junto a un arresto por DUI Myrtle Beach, también hay sanciones de licencia de conducir. Es imperativo comprender que las cuestiones de suspensión civil son independientes, y que una audiencia debe ser solicitada dentro de 30 días.

El mejor abogado especializado en suspensión de permisos de conducir por conducir bajo los efectos del alcohol en Myrtle Beach

Nuestro equipo de abogados de DUI en Myrtle Beach ha recopilado la siguiente información con respecto a las audiencias de suspensión en nuestra ciudad y estado. Si usted solicita una audiencia, se debe realizar dentro de 30 días. El motivo de la audiencia es averiguar si el conductor fue detenido legal o ilegalmente, informado de sus derechos, las consecuencias de rechazar una prueba, y si la prueba se llevó a cabo de la manera correcta y legal. Además, si el conductor rechazó la prueba del agente.

Si el oficial de audiencia no restablece la licencia de conducir, ésta continuará suspendida de la siguiente manera:

  • Primera suspensión: Si al conductor no se le ha suspendido el carné durante al menos 10 años, se le suspenderá durante seis meses si se negó a someterse a la prueba y durante un mes si se sometió a la prueba y tenía una tasa de alcoholemia de al menos 0,15.
  • Segunda suspensión: Si al conductor se le ha suspendido el carné una vez en los últimos 10 años, se le suspenderá durante nueve meses si se negó a someterse a la prueba y durante dos meses si se sometió a la prueba y tenía una tasa de alcoholemia de al menos 0,15.
  • Tercera suspensión: Si al conductor se le ha suspendido el carné dos veces en los últimos 10 años, se le suspenderá durante 12 meses si se negó a someterse a la prueba y durante tres meses si se sometió a la prueba y tenía una tasa de alcoholemia de al menos 0,15.
  • Cuarta suspensión o más: Si al conductor se le ha suspendido el carné al menos tres veces en los últimos 10 años, se le suspenderá durante 15 meses si se negó a someterse a la prueba y durante cuatro meses si se sometió a la prueba y tenía una tasa de alcoholemia de al menos 0,15. Fuente: Código de Leyes de Carolina del Sur, Título 56 (Vehículos de motor) 56-5-2951

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