Cuando una persona está incapacitada por incapacidad mental u otras razones, el tribunal testamentario puede designar:
Si desea convertirse en tutor o curador de una persona incapacitada, debe hacerlo a través del tribunal testamentario, y el tribunal puede exigir que esté representado por un abogado que presente la petición en su nombre.

La ley de Carolina del Sur define a una persona incapacitada como alguien que está impedido por:
El tribunal testamentario debe pruebas claras y convincentes que: 1) la persona está incapacitada, y 2) la persona que solicita ser tutor es adecuada.
Tenga en cuenta que la incapacidad no significa hacer malas elecciones - la persona debe ser incapaz tomar decisiones debido a su discapacidad.
Si dispone de los documentos adecuados, como un poder notarial duradero, un poder notarial para la atención sanitaria y un testamento vital, el tribunal testamentario puede decidir que no es necesario nombrar a un tutor o curador.
Por otro lado, también hay situaciones en las que puede ser necesario un tutor o curador, como cuando los padres de un menor no están disponibles para cuidar de él, o cuando un menor recibe dinero a través de un juicio u otros medios y se requiere un curador para gestionar sus finanzas.
Si el asunto es grave, tu asesoramiento debe ser excepcional.
Para que se nombre a un tutor o curador basado en la incapacidad de una persona, su abogado debe presentar una citación y una demanda junto con otros documentos. El tribunal exigirá un dictamen médico por escrito que describa las razones por las que es necesaria la tutela o curatela, y el tribunal nombrará a un investigador que realizará entrevistas e informará al tribunal.
Su abogado presentará pruebas en una vista para demostrar que el nombramiento es necesario y que el tutor o curador propuesto está cualificado.
Si usted está buscando ser designado como tutor o curador de un ser querido, su abogado de sucesión y planificación patrimonial en Axelrod y Asociados puede ayudar. Llame hoy al 843-916-9300 o complete nuestro formulario de contacto para concertar una consulta inicial.







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