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¿Puedo demandar por difamación en sc?

¿Puedo demandar por difamación en sc?
Axelrod & Associates, P.A.
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Si alguien hace afirmaciones falsas sobre usted que dañan su reputación, usted mayo tiene una demanda por difamación en SC.

Sin embargo, hay muchos factores que debe tener en cuenta antes de presentar una demanda por difamación, entre ellos:

  • si las declaraciones eran falsas,
  • si se trataba de una cuestión de opinión o de hecho,
  • si es usted un personaje público,
  • si el objeto de las declaraciones era un asunto de interés público,
  • el alcance de los daños causados por las declaraciones, y
  • si el demandado tiene medios para pagar un veredicto.

A continuación, hablaré de estos factores y de lo que significa la difamación en la legislación del TS.

Si su reputación o su negocio se han visto perjudicados por las declaraciones difamatorias de alguien, llame al Myrtle Beach abogados de difamación en Axelrod y Asociadosahora para una consulta inicial gratuita sobre su caso.

¿QUÉ SE ENTIENDE POR DIFAMACIÓN EN ESPAÑA?

Difamación es cuando alguien publica (de palabra o por escrito) declaraciones falsas sobre usted o su empresa que perjudican su reputación o su negocio. No importa si la persona dice las palabras a otra persona o grupo de personas o si publica las palabras en un sitio web, en un periódico o en un libro: si las declaraciones son perjudiciales y falsas, lo más probable es que se trate de difamación.

Difamación

La difamación se produce cuando una persona escribe y distribuye declaraciones falsas sobre usted que dañan su reputación. Algunos ejemplos podrían ser:

  • Artículos de prensa;
  • Libros;
  • Páginas web;
  • Entradas de blog; o

Calumnia

La calumnia se produce cuando una persona dice declaraciones falsas sobre usted que dañen su reputación. Por ejemplo:

  • Socios comerciales que hablan con otros socios comerciales;
  • Antiguos empleadores que hacen declaraciones falsas a un posible empleador;
  • Podcasts; o
  • Entrevistas radiofónicas (tenga en cuenta que la "difamación difundida" puede considerarse calumnia, injuria o ambas).

Eso es lo que es la difamación - ahora, ¿cómo se pruebe difamación en el TS?

¿CÓMO PROBAR LA DIFAMACIÓN EN SC?

La difamación permite a una persona obtener una indemnización por daños y perjuicios a su reputación. Los elementos que deben probarse son:

  1. se hizo una declaración falsa y difamatoria;
  2. la declaración no privilegiada se publicó a un tercero;
  3. el editor incurrió en falta; y
  4. o bien la declaración era recurrible con independencia del perjuicio, o bien la publicación de la declaración causó un perjuicio especial.

Puede probar que la declaración se hizo mediante el testimonio de los testigos que la oyeron, grabaciones de la declaración o publicaciones escritas de la misma. También tendrá que demostrar cómo le perjudicó la declaración mediante el testimonio de testigos, declaraciones de expertos, extractos bancarios u otros documentos financieros, y su propio testimonio.

Aunque en algunos casos usted tiene derecho a una indemnización general sin necesidad de probar el perjuicio económico, en otras situaciones se le puede exigir que demuestre el importe en dólares de sus daños reales.

Malicia real

Si usted es un "figura pública". el Tribunal Supremo sostuvo en NY Times contra Sullivan que tendrá que probar la "malicia real" además de los elementos de la difamación.

Malicia real significa que la persona hizo la declaración conociendo era falsa o con indiferencia temeraria para saber si era verdadero o falso.

Un personaje público puede ser un funcionario público o alguien que esté "omnipresentemente implicado en asuntos públicos". Por ejemplo:

  • Políticos;
  • Jueces;
  • Sheriffs o jefes de policía;
  • Funcionarios escolares; o
  • Figuras públicas limitadas que "se han colocado en primera línea de controversias públicas concretas para influir en la resolución de las cuestiones implicadas."

Privilegio del informe imparcial

Cualquier persona tiene "el privilegio de publicar informes imparciales y sustancialmente exactos de procedimientos judiciales y otros procedimientos gubernamentales sin incurrir en responsabilidad". Walpole contra el condado de Charleston

En virtud del privilegio del informe imparcial, usted tiene derecho a repetir e informar sobre hechos declarados por funcionarios del gobierno, y cuando se basa en una declaración de un funcionario del gobierno, usted es no necesario investigar si la declaración es veraz:

Además, el editor no está obligado a investigar la veracidad del asunto subyacente. Véase Padgett, 278 S.C. en 33, 292 S.E.2d en 34 ("[N]uestra decisión en Lybrand v. The State Co.[8] refuta completamente el argumento de que el editor está obligado a ir detrás de las alegaciones contenidas en el registro público"); véase también Reuber, 925 F.2d en 712 ("A cambio de informes frecuentes y oportunos sobre la actividad gubernamental, la ley de difamación tradicionalmente se ha detenido en la imposición de amplios requisitos de investigación a una organización de noticias que informa sobre una actividad o documento gubernamental").

Por ejemplo, en el caso Walpole contra el condado de Charleston, resuelto por el Tribunal de Apelación de Carolina del Sur la semana pasada, el Tribunal consideró que las declaraciones realizadas por un medio de comunicación local no eran difamatorias cuando el demandado se limitaba a repetir las declaraciones realizadas por el Superintendente Escolar en el sentido de que estaban investigando las denuncias de que miembros del equipo de fútbol americano de la Academic Magnet High School (AMHS), como parte de un ritual:

  • Caras dibujadas en sandías;
  • Aplastó las sandías;
  • Hacía sonidos de mono; y
  • Llamó a una de las sandías "Bonds Wilson" antes de romperla.

El Tribunal señala que:

Bonds Wilson es el nombre de una antigua escuela afroamericana segregada que estaba situada en el campus donde ahora se encuentra el AMHS y que fue bautizada en honor de dos destacados educadores afroamericanos de Charleston.

El Tribunal sostuvo que las declaraciones no eran difamatorias contra los futbolistas o su entrenador porque los medios de comunicación sólo informaban de lo que había dicho el Superintendente, un funcionario del gobierno.

Preocupación pública, preocupación privada

El Tribunal también consideró que la acusación del editorial de que el entrenador y los alumnos eran racistas no era difamatoria.

El Tribunal sostuvo que el discurso en cuestión era una cuestión de preocupación pública y, por tanto, con derecho a una mayor protección de la Primera Enmienda:

En el centro de la protección de la Primera Enmienda está el discurso sobre asuntos de interés público. Snyder v. Phelps, 562 U.S. 443, 451-52 (2011). "La Primera Enmienda refleja 'un profundo compromiso nacional con el principio de que el debate sobre cuestiones públicas debe ser desinhibido, robusto y ampliamente abierto.'"

Aunque los demandantes alegaron que se trataba de un asunto de interés privado porque las acusaciones de racismo atacaban su carácter, el Tribunal sostuvo exactamente lo contrario: que era un asunto de interés público precisamente por las acusaciones de racismo:

El Distrito Escolar emitió un comunicado de prensa y celebró una conferencia de prensa para informar a la comunidad sobre un asunto que afecta a los estudiantes y profesores en el distrito, no sólo en AMHS. El ritual de la sandía, la investigación del Distrito Escolar del ritual de la sandía, y la destitución del entrenador Walpole como entrenador del equipo de fútbol fueron temas de gran interés para la comunidad de Charleston. En la conferencia de prensa, el Superintendente McGinley declaró que el miembro de la junta que trajo las acusaciones a su atención estaba "preocupado por los estereotipos raciales" relacionados con actividades como el ritual de la sandía practicado por el equipo de fútbol de AMHS. El miembro del consejo informó a la superintendente McGinley de que un padre preocupado presenció el ritual e informó de ello al miembro del consejo. Así pues, el contenido del discurso del Sr. Haire sobre estos acontecimientos se refería a cuestiones generales de interés para la sociedad en general, es decir, acusaciones de insensibilidad racial. Además, los hechos relatados durante la rueda de prensa atrajeron la atención nacional de medios de comunicación de todo Estados Unidos. Por lo tanto, consideramos que el tribunal de circuito no se equivocó al concluir que se trataba de un asunto de interés público.

Realidad u opinión

Una declaración difamatoria debe ser objetiva, aunque una declaración difamatoria de hecho puede estar contenida en una opinión:

"En virtud de la Primera Enmienda[,] no existen las ideas falsas. Por perniciosa que pueda parecer una opinión, dependemos para su corrección no de la conciencia de jueces y jurados, sino del concurso de otras ideas. Pero no hay valor constitucional en las declaraciones falsas de hechos". Gertz v. Welch, 418 U.S. 323, 339- 40 (1974). Por lo tanto, una expresión de opinión que transmita una afirmación de hecho falsa y difamatoria puede ser recurrible.

Algunas afirmaciones simplemente no pueden interpretarse como hechos, como la opinión de una persona, la sátira, los epítetos o la hipérbole:

Hay ciertas "declaraciones que no pueden [ser] interpretadas razonablemente como que exponen hechos reales" sobre un individuo". Id. at 20 (alteración en el original) (citando Hustler Magazine, Inc. v. Falwell, 485 U.S. 46, 50 (1988)). Declaraciones como opiniones, sátiras, epítetos o hipérboles retóricas no pueden ser objeto de responsabilidad por difamación. Véase id. ("Esto garantiza que el debate público no sufrirá por falta de 'expresión imaginativa' o de la 'hipérbole retórica' que tradicionalmente ha aportado mucho al discurso de nuestra nación").

El Tribunal de Walpole, sin embargo, consideró que llamar a alguien "imbécil racista" no es una afirmación de hecho, sino una declaración de intenciones. opinión protegidos por la Primera Enmienda:

No creemos que la expresión "racista gilipollas" pueda "interpretarse razonablemente como una afirmación de hechos reales" sobre los recurrentes...

Además, si alguien "se comportó más o menos como [un] imbécil racista" o si alguien consintió un acto que era "racista" es susceptible de diversos puntos de vista e interpretaciones. Una persona puede considerar que un determinado comportamiento es irrespetuoso y ofensivo, pero otra puede considerar que ese mismo comportamiento no es polémico y es socialmente aceptable.

Otras causas

Si alguien ha hecho afirmaciones perjudiciales y falsas sobre usted, puede puede demandarles por difamación si podemos probar los elementos de la difamación y si tienen medios para pagar un veredicto.

En algunos casos en los que la difamación no es una causa de acción válida, aún puede emprender acciones para obtener un requerimiento judicial preliminar, hacer que se retiren las declaraciones perjudiciales de sitios web u otros medios, o puede tener otra causa de acción como la interferencia perjudicial en una relación comercial.

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