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Myrtle Beach Abogado Custodia de Menores

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Abogado de Custodia y Visitación de Menores en Myrtle Beach, SC

El aspecto más difícil y emocionalmente explosivo de los procedimientos de divorcio suele ser custodia de los hijos y régimen de visitas.

La mayoría de los padres estarán de acuerdo en que una de sus principales preocupaciones durante un divorcio es minimizar cualquier daño colateral a la salud mental y emocional de sus hijos. Aunque la mayoría de los padres estarán de acuerdo en que la seguridad y el bienestar de un niño son primordiales, pueden no estar de acuerdo en lo que eso significa.

Durante estos momentos emocionales, es importante contar con un abogado que le represente en el tribunal de familia. Cuando usted tiene a alguien que aboga por usted y sus hijos, puede ayudar a dar forma al futuro de su estructura familiar y crear un acuerdo de custodia de los hijos o de visitas que funcione para usted. Si contrata a un abogado, se asegurará de que el tribunal escuche su voz como padre.

Su abogado de divorcio en Carolina del Sur le ayudará a determinar qué acuerdos de custodia y visitas cumplirán con sus objetivos, lo que el Tribunal dirá en última instancia es en el mejor interés del niño, y qué pruebas tendrá que reunir para hacer su caso a la corte de familia en un caso impugnado.

Abogado con Experiencia en Custodia de Menores en Myrtle Beach, SC

Como muchos otros estados, Carolina del Sur utiliza el "interés superior del niño" para determinar la custodia de los hijos. Aunque la lista no es exclusiva, los factores que los tribunales utilizan para decidir la custodia de los hijos pueden incluir:

  • Las circunstancias generales de cada progenitor (situación vital, empleo, etc.).
  • La educación espiritual/emocional del niño
  • La preferencia del niño (en función de su edad)
  • El bienestar físico y emocional del niño con cada progenitor
  • Cualquier cosa relevante para el cuidador principal

La autoridad sobre las decisiones médicas, educativas y otras decisiones vitales del niño casi siempre es compartida a partes iguales por ambos progenitores. Salvo circunstancias extraordinarias, la mayoría de los progenitores también compartirán la custodia legal y participarán en decisiones importantes relativas a la crianza del niño.

La custodia física, sin embargo, puede asignarse de diferentes maneras dependiendo de las circunstancias. La custodia física puede recaer principalmente en uno u otro progenitor, o puede dividirse entre los progenitores en función de lo que sea mejor para el menor.

Una vez que el Tribunal ha ordenado un acuerdo de custodia, ambos progenitores deben cumplir la orden - sin embargo, si hay cambios en las circunstancias, uno o ambos progenitores pueden volver al tribunal y la custodia puede ser modificada.

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Visitas a los hijos en Carolina del Sur

Aunque la custodia de los hijos suele recaer principalmente en uno u otro progenitor, debe haber normas sobre cómo y cuándo se producen las visitas con el progenitor no custodio.

Los derechos de visita pueden y deben acordarse entre las partes; sin embargo, cuando no pueda llegarse a un acuerdo, el Tribunal determinará cómo y cuándo se producirán las visitas.

Si alguno de los progenitores no cumple la orden del tribunal, puede volver al tribunal y pedirle que haga valer sus derechos de visita. Asimismo, si se produce un cambio significativo en las circunstancias, cualquiera de los progenitores puede solicitar al tribunal que modifique los derechos de visita.

Derechos de visita de los abuelos en SC

Los abuelos no tienen muchos recursos legales cuando se trata de hacer cumplir los derechos de visita con sus nietos en SC.

Sin embargo, en circunstancias muy limitadas, la legislación de Carolina del Sur permite hacer valer el derecho de visita de los abuelos, en virtud del artículo 63-3-530 (33) del Código de Carolina del Sur, cuando:

  • Los padres o tutores del menor privan injustificadamente a los abuelos de la oportunidad de visitar al menor, incluida la denegación de las visitas del menor a los abuelos durante un período superior a noventa días.
  • El abuelo mantenía con el hijo menor una relación similar a la de padre e hijo
  • La concesión de un régimen de visitas a los abuelos no interferiría en la relación padre-hijo; y el tribunal considera, mediante pruebas claras y convincentes, que los padres o tutores del niño no son aptos.
  • El tribunal considera, mediante pruebas claras y convincentes, que existen circunstancias imperiosas para superar la presunción de que la decisión de los progenitores responde al interés superior del menor.

Si usted es un abuelo en SC al que se le niega el derecho de visita con su nieto, y su situación se ajusta a los requisitos anteriores, llame a su abogado de derecho doméstico en Axelrod & Associates para averiguar cuáles son sus opciones y cómo podemos ayudarle.

Preguntas Frecuentes Sobre Myrtle Beach, SC Ley de Custodia de Menores

¿Cuánto cuesta un abogado de custodia en SC?

El coste de un abogado especializado en custodia varía en función de la gravedad del caso y de la duración que el abogado estime oportuna. Muchos abogados cobran por hora, mientras que otros cobran una tarifa plana por el caso. Asegúrese de discutir las tarifas con su abogado antes de contratarlo oficialmente. Así se asegurará de que puede permitirse sus servicios a lo largo de todo el caso y tendrá la mayor probabilidad de lograr un acuerdo de custodia deseable.

¿Puede un padre obtener la custodia completa en SC?

Sí. El tribunal no concede la custodia en función del sexo. El tribunal se fija en cuál de los progenitores cuidará mejor de los hijos y les proporcionará un hogar seguro y feliz. Si el padre es el más adecuado para esta tarea a tiempo completo, el tribunal le concederá la custodia completa. Si la madre es la más adecuada, obtendrá la custodia completa. Si ambos progenitores son igualmente aptos para cuidar de los hijos, el tribunal concederá la custodia legal compartida.

¿Cómo se determina la custodia de los hijos en Carolina del Sur?

El tribunal decide los acuerdos de custodia basándose en lo que es mejor para los hijos. De hecho, este es el único factor que tiene en cuenta la ley. Para determinar la custodia, el tribunal tendrá en cuenta los ingresos de cada progenitor, su tiempo libre, su situación en materia de vivienda, su historial de salud mental, su relación con sustancias controladas y otros criterios similares. Si ambos progenitores pueden proporcionar un hogar igualmente estable y solidario, es probable que se conceda la custodia compartida.

¿Es SC un Estado de Custodia 50/50?

El acuerdo de custodia más común en Carolina del Sur es el de un progenitor con la custodia principal y el otro con derechos de visita. Por ejemplo, uno de los padres puede cuidar a los niños la mayor parte del tiempo, pero el otro padre puede pasar tiempo con ellos cada dos fines de semana. Carolina del Sur no es un estado de bienes gananciales al 50%. Los tribunales consideran la situación individual para decidir qué es lo mejor en lugar de utilizar un acuerdo estándar para la custodia y la división de bienes.

¿Qué se considera un padre no apto en SC?

Un padre incapaz es aquel que no puede dar a sus hijos la orientación, el cuidado, la atención y el apoyo necesarios para un crecimiento y desarrollo sanos. El abuso de sustancias, la negligencia, la violencia doméstica y otros comportamientos similares pueden incapacitar a un padre para tener la custodia legal de sus hijos.

¿A qué edad puede un niño tomar una decisión sobre la custodia en Carolina del Sur?

Cuando un menor tiene edad suficiente para formarse una opinión independiente e informada sobre con quién le gustaría vivir, el tribunal tendrá en cuenta sus sentimientos. Suele ser entre los 12 y los 14 años. El tribunal debe estar seguro de que el menor no está siendo coaccionado o forzado a un acuerdo de custodia que no sea en su mejor interés.

¿TIENES AXELROD?

Si usted necesita ayuda para obtener la custodia de sus hijos o visitas con sus hijos, modificar o hacer cumplir una orden judicial de familia, o si usted es un abuelo que se le niega las visitas con sus nietos, llame a su abogado de derecho de familia en Axelrod y Asociados hoy en 843-353-3449 o rellene nuestro formulario de contacto para concertar una consulta inicial.

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