4701 Oleander Drive, Suite A
Myrtle Beach, SC 29577
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¿Cuándo debe exigirse a los delincuentes juveniles que se registren como delincuentes sexuales?
Para que quede claro, estamos hablando de niños que han sido acusados de delitos sexuales, muchos de los cuales no hacen sino exteriorizar los abusos que han sufrido a manos de adultos.
Si un niño de 12 años es acusado de un delito sexual contra un hermano, se declara culpable, recibe un amplio tratamiento y asesoramiento, y cuenta con un importante apoyo de su familia y sus terapeutas, ¿debemos obligarle a registrarse como delincuente sexual para el resto de su vida?
Un fiscal y un juez de familia de Columbia, Carolina del Sur, pensaron que sí, a pesar de que todos los testigos declararon que el niño tenía un bajo riesgo de reincidencia y que no había ningún riesgo de reincidencia. ninguno recomendó que se le inscribiera en el registro.
¿Qué dice la ley del TS sobre la inscripción de menores en el registro de delincuentes sexuales?
Sección 23-3-340 del Código de SC ofrece una lista de delitos que exigen la inscripción en el registro de delincuentes sexuales, que se aplican tanto a menores como a adultos ("cualquier persona, independientemente de la edad...").
Pero, ¿qué ocurre si un menor delincuente es condenado por un delito que no figura en la lista?
En el caso Christopher H., resuelto por el Tribunal de Apelación del Tribunal Supremo el 3 de febrero de 2021, se acusó a un menor de CSC 1st grado contra un menor. Tenía entre 12 y 13 años en el momento del incidente, y finalmente se declaró culpable del delito menor de lesiones 2nd grado.
Fue condenado a internamiento en un centro de tratamiento de delincuentes sexuales, donde permaneció 16 meses antes de ser puesto en libertad. Tras su puesta en libertad y tres años después de ser acusado, el abogado volvió al tribunal y pidió al juez que ordenara su registro como delincuente sexual (de por vida).
Aunque asalto y agresión 2nd no es un delito incluido en el registro de delincuentes sexuales, el procurador se basó en una disposición "general" que figura en el artículo 23-3-340(D), según la cual el tribunal puede ordenar el registro de delincuentes sexuales, aunque el delito no figure en la lista, "si el procurador demuestra una causa justificada".
Esta disposición se aplica a cualquier acusado, incluidos los menores: si el procurador puede demostrar una "causa justificada", el tribunal puede inscribirle en el registro de delincuentes sexuales.
En este caso, el juez dio la razón al procurador y ordenó el registro de delincuentes sexuales, pero el Tribunal de Apelación del Tribunal Supremo revocó la decisión al considerar que se había abusado de la discrecionalidad porque no se presentaron pruebas que el adolescente corría el riesgo de reincidir.
¿Cuál fue la "causa justificada" demostrada por el abogado en el caso citado anteriormente?
Tras el testimonio anterior, el juez del tribunal de familia concluyó de alguna manera que "existía una buena causa para inscribir a Christopher en el registro privado de delincuentes sexuales porque había pruebas que demostraban que Christopher corría el riesgo de reincidir."
¿Qué significa esto? Parece que este juez de familia pondrá cualquiera en el registro de delincuentes sexuales si el procurador le pide...
¿Cuántas pruebas son "buena causa"?
Como mínimo, sabemos por este caso que ninguna prueba no es prueba suficiente de una causa justificada. Como dice el Tribunal de Apelación, el solicitante debe demostrar al menos un indicios...
¿Cuál es la finalidad del registro de delincuentes sexuales?
No disuade a los delincuentes sexuales de reincidir. No disuade a los delincuentes sexuales de delinquir por primera vez.
Sí permite que el público vea quiénes son y dónde viven, con 1) el efecto beneficioso de permitir que los padres con hijos los eviten, y 2) los efectos perjudiciales de estigmatizar a la persona en todos los ámbitos de su vida y permitir que toda persona con odio hacia los delincuentes sexuales los encuentre y acose....
Dejando a un lado el debate sobre si adultos deberían estar obligados a registrarse como delincuentes sexuales, deberían niños ser inscrito en el registro de delincuentes sexuales de por vida?
El centro de tratamiento en el caso de Christopher testificó que su "visión del registro de delincuentes sexuales coincidía con los estudios que indicaban que la inclusión en el registro no reduce la tasa de reincidencia ni proporciona seguridad a la comunidad."
El psicólogo forense testificó que, aunque el "pronóstico" de Christopher era "bueno, incluso tal vez excelente", él nunca testificaría que alguien no reincidirá: "nunca se llega a cero", y "la cuestión era la...". grado de riesgo, no la existencia de riesgo". En su testimonio estaba implícita la idea razonable de que nadie es un riesgo cero de delinquir (incluidos el juez, el fiscal, el taquígrafo judicial, el abogado defensor...)
El supervisor del terapeuta ambulatorio declaró que inscribir a un menor en el registro tiene consecuencias negativas no deseadas, como:
También testificó que "no había ninguna investigación que indicara que la inclusión en el registro de delincuentes sexuales redujera la tasa de reincidencia."
Teniendo en cuenta que las investigaciones demuestran que la inscripción en el registro de delincuentes sexuales no reduce la tasa de reincidencia (no impide que los delincuentes vuelvan a delinquir), no proporciona seguridad a la comunidad, los psicólogos éticos no pueden afirmar que cualquiera tiene riesgo cero de reincidir, y el registro de delincuentes sexuales puede destruir la vida de un niño antes de que tenga la oportunidad de vivir, ¿por qué inscribir a cualquier menor en el registro de delincuentes sexuales?
Si un menor se enfrenta a cargos penales que pueden obligarle a registrarse como delincuente sexual, necesita un abogado penalista con experiencia a su lado. inmediatamente que luchará por mantenerlos fuera del registro de delincuentes sexuales siempre que sea posible.
Tanto si se le acusa de un delito sexual como si intenta que se anule su condena, el SC abogados de delitos sexuales en Axelrod y Asociados queremos ayudarle. Llame a Axelrod y Asociados ahora en 843-916-9300 o envíenos un correo electrónico para hablar con un abogado de defensa criminal de Myrtle Beach, SC hoy.
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