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¿ES EL MALTRATO EMOCIONAL MOTIVO DE DIVORCIO EN SC?

¿ES EL ABUSO EMOCIONAL MOTIVO DE DIVORCIO EN SC?
Axelrod & Associates, P.A.
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¿Es el maltrato emocional motivo de divorcio en SC? ¿Y el abuso mental?

En SC, cualquiera puede divorciarse si han vivido separados y separados durante un año completo. Pero puede divorciarse más rápido si su cónyuge le agrede físicamente, si le engaña o si está habitualmente borracho o es drogadicto.

¿Qué hacer si se es víctima de abusos emocionales y mentales extremos?

En la actualidad, según la legislación de Carolina del Sur, hay que esperar un año antes de poder divorciarse de un cónyuge emocional o mentalmente abusivo. cambiaría eso:

La diputada Mandy Powers Norrell, copatrocinadora del proyecto de ley, dijo que al reconocer que la crueldad física y mental es otro motivo de divorcio, el Estado permitiría a las personas solicitar el divorcio y abandonar a su cónyuge en un plazo más breve.

"Hay situaciones en las que no hay necesariamente maltrato físico, pero sí maltrato emocional, y eso es algo que creo que realmente hemos llegado a reconocer como sociedad", dijo Powers Norrell. "No hay nada en nuestra ley que acorte el período de espera para un divorcio cuando se tiene una situación de abuso emocional o simplemente cuando ya no se puede permanecer juntos".

¿Qué pasa con el abuso físico o sexual de un niño? Si su cónyuge está abusando de su hijo, que tampoco es motivo de divorcio en SC - otro proyecto de ley propuesto cambiaría eso también.

H3231 - PROPUESTA DE LEY SC HARÍA ABUSO EMOCIONAL MOTIVOS DE DIVORCIO EN SC

En proyecto de ley cubriría las situaciones de maltrato emocional o abuso mental que "destruyen el bienestar, la felicidad y el bienestar de un cónyuge y hacen que la convivencia continuada sea insegura o insoportable:"

UN PROYECTO DE LEY PARA ENMENDAR LA SECCIÓN 20-3-10, CÓDIGO DE LEYES DE CAROLINA DEL SUR, 1976, RELATIVA A LAS CAUSALES DE DIVORCIO, A FIN DE AGREGAR COMO CAUSAL LA CONDUCTA O EL TRATO QUE DESTRUYE EL BIENESTAR, LA FELICIDAD Y EL BIENESTAR DE UN CÓNYUGE Y HACE QUE LA COHABITACIÓN CONTINUADA SEA INSEGURA O INSOPORTABLE.

Estar atrapado en un matrimonio con un cónyuge que le pega o que está constantemente borracho es una situación peligrosa e insostenible, especialmente cuando también hay niños presentes - esta es la razón por la crueldad física y la embriaguez habitual son motivos de divorcio por culpa en SC.

La ley propuesta reconoce que hay ocasiones en que el maltrato emocional y mental puede ser tan perjudicial como el físico y ofrece una salida, permitiendo al cónyuge maltratado poner fin a la relación y finalizar el divorcio más rápidamente:

En Carolina del Sur, el divorcio por culpa permite obtener el divorcio en un plazo mínimo de tres meses desde la solicitud, explicó Norrell. Cambiar la ley para permitir que se tenga en cuenta el bienestar mental del cónyuge ayudaría a agilizar la salida de una mala situación, dijo.

"Hay muchas formas de ser cruel que no sólo implican contacto físico, y creo firmemente que la gente debería poder divorciarse por esos motivos, así como por los otros motivos que tenemos en Carolina del Sur para el divorcio", dijo Norrell.

Con arreglo a la legislación vigente en el Tribunal Supremo, un cónyuge que sufra malos tratos emocionales o mentales graves debe esperar un año para presentar una demanda. sin culpa divorcio, como si el abuso no estuviera ocurriendo...

¿Cuáles son las causas de divorcio según la legislación actual del TS?

Causas de divorcio en SC no cubren el abuso emocional o mental

Actualmente, la ley del TS sólo permite cuatro motivos de divorcio basados en la culpa:

  • Deserción: cuando su cónyuge le ha abandonado y no ha regresado durante al menos un año;
  • Adulterio;
  • Embriaguez habitual o drogadicción; y
  • Crueldad física.

En la práctica, sólo hay tres motivos de divorcio basados en la culpa que le permiten finalizar su divorcio más rápidamente: si su cónyuge le ha abandonado durante un año o más, deberá seguir esperando un año como si se tratara de un divorcio sin culpa.

¿ES EL ABUSO FÍSICO O SEXUAL DE UN MENOR MOTIVO DE DIVORCIO EN SC?

Otra "laguna" que podría solucionarse es la ausencia de maltrato infantil como motivo de divorcio. Actualmente, si su cónyuge abusa física o sexualmente de su hijo, no es motivo de divorcio.

Al igual que los cónyuges que sufren malos tratos emocionales o mentales graves, los cónyuges cuyos hijos son objeto de malos tratos deben esperar un año antes de poder finalizar un divorcio sin culpa.

Otra propuesta de ley añadiría el "abuso físico o sexual de menores" como causa adicional de divorcio:

SECCIÓN 1. Sección 20-3-10 del Código de 1976 queda modificado como sigue:

"Sección 20-3-10. No se concederá el divorcio de los vínculos matrimoniales salvo por una o más de las siguientes causas, a saber:

(1) adulterio;

(2) deserción durante un periodo de un año;

(3) crueldad física;

(4) embriaguez habitual; no obstante, se entenderá que este motivo incluye la embriaguez habitual causada por el uso de cualquier estupefaciente; o

(5) abuso físico o sexual de menores; o

(6) a instancia de cualquiera de las partes, siempre y cuando el marido y la mujer hayan vivido separados y sin cohabitar durante un período de un año. La alegación de cosa juzgada o de recriminación con respecto a cualquier otra disposición de esta sección no será obstáculo para que cualquiera de las partes obtenga el divorcio por esta causa."

Aunque la propuesta de ley para añadir el maltrato emocional como causa de divorcio ha acaparado más la atención de los medios de comunicación, la posibilidad de solicitar un divorcio basado en la culpa por maltrato físico o sexual de los hijos parece igual de importante.

Seguiremos vigilando estas y otras propuestas de ley que puedan afectar a nuestros clientes de derecho nacional y les mantendremos informados.

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Si está pensando en separarse o divorciarse de su cónyuge, hable con su Myrtle Beach abogado de divorcio en el equipo de Axelrod lo antes posible. .

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