4701 Oleander Drive, Suite A
Myrtle Beach, SC 29577

¿ES LEGAL LA MARIHUANA EN SC?

¿ES LEGAL LA MARIJUANA EN SC?
Axelrod & Associates, P.A.
|

Parece que cada pocos meses hay noticias sobre un estado, municipio o país extranjero que ha dado el paso y legalizado la marihuana. Pero, ¿es legal la marihuana en SC?

Por supuesto que no.

Aunque Carolina del Sur suele ser uno de los último que los Estados adopten normativas de sentido común o abandonen normativas absurdas, hay mayo ser un rayo de esperanza para las personas que padecen enfermedades graves que pueden tratarse con marihuana.

Pero, deja que cualquiera ¿encender un porro? SC no está de acuerdo con ese tipo de libertad. Todavía no. Aunque se ha propuesto la legalización de la marihuana con fines recreativos, nadie espera que se apruebe pronto en Carolina del Sur.

SC aprobará al menos médico ¿legislación sobre la marihuana? En caso afirmativo, ¿cómo será?

¿ES LEGAL LA MARIHUANA MEDICINAL EN SC?

La marihuana medicinal tampoco es legal en SC, al menos no todavía...

A principios de este año, los votantes de las primarias demócratas votaron abrumadoramente a favor de la legislación de la marihuana medicinal - 86% de los votantes estaban a favor. Desafortunadamente, este fue un "voto consultivo" que no tiene otro efecto que el de hacer saber a los legisladores que los residentes de SC quieren un cambio:

La pregunta "¿Apoya usted la aprobación de una ley estatal que permita a los médicos recetar marihuana medicinal a los pacientes?" fue aprobada por los demócratas en los 46 condados del estado durante las primarias del martes.

Entonces, los demócratas de SC están a favor de la marihuana medicinal - ¿significa eso que los republicanos de SC se oponen a ella? No...

Parece ser una rara cuestión no partidista apoyado por la mayoría de los residentes SC - una encuesta Winthrop también mostró un apoyo similar a la legislación de la marihuana medicinal, con 78% de los residentes a favor.

Hay legislación en la Cámara de SC y el Senado en este momento que aprobaría la legislación limitada de la marihuana medicinal - la Ley de Cuidado Compasivo.

¿Qué es la Ley de Cuidados Compasivos de Carolina del Sur?

En Ley de cuidados compasivos llegó a la Cámara de Representantes y al Senado este año, pero no se votó. Los defensores tienen la esperanza de que haya suficientes votos para aprobar la legislación en la sesión de 2019.

La ley propuesta reconoce la larga historia del uso de la marihuana con fines médicos y la gran cantidad de investigaciones que demuestran el valor terapéutico de la marihuana:

El uso registrado del cannabis como medicamento se remonta a hace casi cinco mil años. La investigación médica moderna ha confirmado los usos beneficiosos del cannabis, también llamado marihuana, para tratar o aliviar el dolor, las náuseas y otros síntomas asociados a diversas afecciones médicas debilitantes, como el cáncer, la esclerosis múltiple y el VIH/SIDA, según constató el Instituto de Medicina de la Academia Nacional de Ciencias en marzo de 1999.

Los estudios publicados desde el informe del Instituto de Medicina de 1999 siguen demostrando el valor terapéutico del cannabis en el tratamiento de una amplia gama de enfermedades debilitantes. Entre ellas se incluyen el alivio del dolor neuropático que a menudo no responde a los tratamientos convencionales; el alivio del dolor crónico y la reducción de la dependencia de los pacientes de los analgésicos opiáceos; la reducción de los síntomas e incluso la remisión completa de la enfermedad de Crohn; y el alivio de las náuseas, los vómitos y otros efectos secundarios de los medicamentos utilizados para tratar el VIH/SIDA y la hepatitis C, aumentando así las posibilidades de que los pacientes continúen con los regímenes de tratamiento que salvan vidas.

La Ley de Cuidado Compasivo legalizaría la posesión de hasta dos onzas de marihuana para los titulares de tarjetas, y autoriza a los médicos a recetar marihuana para ciertas "condiciones debilitantes", incluyendo:

(a) cáncer, glaucoma, estado positivo al virus de la inmunodeficiencia humana (VIH), síndrome de inmunodeficiencia adquirida (SIDA), hepatitis C, esclerosis lateral amiotrófica, enfermedad de Crohn, colitis ulcerosa, agitación de la enfermedad de Alzheimer, trastorno de estrés postraumático (TEPT), autismo, fibrosis pulmonar idiopática, enfermedad de Parkinson, defectos de los tubos neurales, o el tratamiento de estas afecciones;

(b) una enfermedad o afección médica crónica o debilitante o su tratamiento que produzca uno o más de los siguientes síntomas: caquexia o síndrome de desgaste; dolor intenso y debilitante; náuseas intensas; convulsiones; trastornos neurológicos; o espasmos musculares graves y persistentes, incluidos, entre otros, los característicos de la esclerosis múltiple; o

(c) cualquier otra afección médica grave o su tratamiento añadido por el Consejo Asesor sobre Cannabis Medicinal, según lo dispuesto en la Sección 44-53-2420.

También incluye protecciones para los titulares de tarjetas de marihuana medicinal, entre las que se incluyen:

  • "Un propietario de una vivienda puede prohibir a los inquilinos fumar cannabis medicinal en la propiedad, pero no puede prohibir a los inquilinos administrar cannabis medicinal a través de otros modos de administración;"
  • No se puede denegar a una persona la custodia o el régimen de visitas de un menor por ser titular de una tarjeta "a menos que el comportamiento de la persona sea tal que cree un peligro irrazonable para la seguridad del menor, según se establezca mediante pruebas claras y convincentes;"
  • "No existe presunción de maltrato o abandono infantil por conductas permitidas en virtud de este artículo;"
  • "Ninguna escuela o arrendador podrá negarse a matricular, arrendar o penalizar de otro modo a una persona únicamente por su condición de titular de la tarjeta, a menos que el hecho de no hacerlo suponga una infracción de la legislación o la normativa federal, o haga que la escuela o el arrendador pierdan un beneficio monetario o relacionado con la licencia en virtud de la legislación o la normativa federal;"
  • "A un solicitante de una licencia profesional u ocupacional no se le puede negar una licencia sobre la base de un empleo anterior relacionado con establecimientos de cannabis que operan de conformidad con la ley estatal"; y
  • "Ningún empresario puede despedir, amenazar, negarse a contratar o discriminar o tomar represalias contra un empleado en relación con su remuneración, términos, condiciones, ubicación o privilegios únicamente por su condición de titular de la tarjeta;" pero
  • Los empleadores no están obligados a hacer adaptaciones para permitir el uso de marihuana medicinal en el lugar de trabajo y aún pueden disciplinar a un empleado si usa marihuana medicinal en el lugar de trabajo o si trabaja bajo la influencia de la marihuana.

La ley también establece protecciones para empresas e instituciones, prohibiendo cualquier sanción o denegación de prestaciones por inscribir, arrendar o prestar servicios a titulares de tarjetas o dispensarios para:

  • Escuelas;
  • Propietarios;
  • Empresarios;
  • Bancos;
  • Abogados;
  • Contables; o
  • Cualquier otro titular de una licencia profesional u ocupacional.

Tenga en cuenta que la Ley de cuidados compasivos no ofrece (ni podría ofrecer) ninguna protección contra las acciones coercitivas de las autoridades competentes. federal aplicación de la ley o federal agencias.

¿TIENES AXELROD?

¿Es legal la marihuana en SC?

No, pero médico marihuana podría legalizarse en la sesión legislativa de 2019, ya veremos.

Mientras tanto, usted puede esperar ser arrestado y encarcelado por posesión de incluso pequeñas cantidades de marihuana en SC. Si usted ha sido acusado de posesión, distribución o tráfico de marihuana, programe una consulta gratuita con un SC marihuana abogado defensor en el equipo de Axelrod.

Si usted se está preparando para el aspecto comercial de la legalización de la marihuana medicinal en SC y necesita ayuda para establecer su negocio, navegar por las leyes locales, estatales y federales de marihuana, o la negociación de contratos, programar una consulta gratuita con una SC abogado de litigios de negocios en el equipo de Axelrod.

Llámanos ahora en 843-353-3449 o envíenos un mensaje a través de nuestro sitio web para hablar con un abogado de litigios de negocios de marihuana medicinal SC o abogado de defensa de la marihuana hoy.

Entradas recientes

Categorías

Archivos

¿Necesita ayuda? Póngase en contacto con Axelrod & Associates, P.A.

Medios de Comunicación Social:

pagos

Solicite su
Consulta

Los campos marcados con * son obligatorios.

  • Este campo tiene fines de validación y no debe modificarse.
//