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Myrtle Beach, SC 29577

¿Por qué no hay tiendas de humo en Myrtle Beach?

¿Por qué no hay tiendas de humo en Myrtle Beach?
Axelrod & Associates, P.A.
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Si ha paseado últimamente por el centro de Myrtle Beach, quizá se pregunte: "¿Adónde se han ido todos los fumaderos?".

Si quieres comprar un vape, una pipa o incluso productos de CBD, no los encontrarás en el centro de la ciudad, porque la ciudad de Myrtle Beach los prohibió...

A continuación, vamos a echar un vistazo a lo que pasó con las tiendas de humo en Myrtle Beach, incluyendo:

  • Cuando fueron prohibidos,
  • Por qué se prohibieron, y
  • Lo que el Tribunal Supremo del Tribunal Supremo tenía que decir al respecto.

¿Dónde están las tiendas de vapeo y los fumaderos de Myrtle Beach?

Se han prohibido todas las tiendas de tabaco y vapeadores en el centro histórico de Myrtle Beach, concretamente en el "Ocean Boulevard Entertainment Overlay District" (OBEOD), un distrito de zonificación creado por la ciudad en el que se excluían determinados comercios minoristas y mercancías:

  • Fumaderos y estancos,
  • Cualquier "parafernalia del tabaco".
  • Productos que contienen CBD,
  • Productos del tabaco si son más que "incidentales", o 10% del inventario de la tienda, y
  • "Material de contenido sexual".

Si buscas una buena pipa (para tu tabaco), una gominola CBD o un fumadero, tendrás que buscar fuera de la OBEOD: sus límites se extienden unos tres kilómetros y abarcan el centro histórico de Myrtle Beach.

Puede seguir comprando cigarrillos u otros productos del tabaco dentro de la zona restringida, pero los encontrará en tiendas de conveniencia, no en tiendas de fumadores.

¿Por qué Myrtle Beach prohibió los fumaderos?

Las razones expuestas para la prohibición de los fumaderos en Myrtle Beach (y un mapa de la zona afectada) se encuentran en Sección 1807.A e incluyen afirmaciones que son, en el mejor de los casos, bastante discutibles, y, en el peor, transparentemente falsas, entre ellas:

  • Las tiendas de humo son indecorosas e inseguras,
  • No son adecuados para niños y familias,
  • Afectan negativamente al turismo de la zona,
  • La venta de la mercancía prohibida es "repulsiva para las madres y los padres
    en el cuidado de sus hijos".
  • Afectan negativamente al valor de la propiedad y causan deterioro (no hay pruebas de ello), y
  • El tabaco y el CBD podrían venderse a menores (no hay pruebas de que se venda o se haya vendido a menores).

Es comprensible que la ciudad de Myrtle Beach esté preocupada por el hecho de que la playa ya no se considere un destino vacacional "apto para familias", y necesita hacer algo al respecto. algo mejorar la imagen de la ciudad ante el fuerte aumento de la cobertura mediática de delitos violentos y asesinatos en la ciudad...

Parece un poco como si los fumaderos fueran el chivo expiatorio de la incapacidad de la ciudad para controlar nuestros índices de delincuencia, ¿no? ¿Pueden hacerlo?

Según el Tribunal Supremo del TS, sí, pueden...

El Tribunal Supremo del TS dictamina que la prohibición es constitucional

En Ani Creation, Inc. contra la Junta de Apelación de Zonificación de la Ciudad de Myrtle BeachEn su sentencia de 19 de abril de 2023, el Tribunal Supremo del Tribunal Supremo revisó una serie de recursos de inconstitucionalidad interpuestos por las empresas afectadas y concluyó que la ordenanza es constitucional:

Los recurrentes son nueve de los veinticinco comercios afectados situados en la zona, y a cada uno de ellos le fue expedida una citación por el administrador de zonificación de la ciudad por incumplir la ordenanza de superposición de zonas. Tras una complicada batalla legal, los recurrentes plantearon una serie de recursos de inconstitucionalidad contra la ordenanza. Sin embargo, el tribunal de circuito consideró que la ordenanza sobrevivía al auténtico aluvión de los apelantes. Los recurrentes apelaron directamente esa decisión ante este Tribunal. Ahora sostenemos que, en virtud de la jurisprudencia reiterada de este Tribunal, la ordenanza de superposición no delimitó de forma inadmisible la zona del centro histórico de la ciudad. Además, consideramos que la ordenanza de superposición es un ejercicio constitucional de los poderes policiales de la ciudad. Por lo tanto, confirmamos la decisión del tribunal de circuito y mantenemos la validez de la ordenanza.

El Tribunal denegó las pretensiones de las empresas al considerar que:

  • La ordenanza se promulgó en cumplimiento del procedimiento establecido en el C. Código Ann. § 5-7-270 (2004) (exige que las ordenanzas municipales sean "leídas dos veces en dos días distintos con al menos seis días entre cada lectura" antes de ser aprobadas y tener fuerza de ley),
  • No hubo violación de la igualdad de protección - no hubo zonificación tradicional o puntual inversa, y los límites de la OBEOD no eran arbitrarios o irracionales (analizados bajo la criterio de base racional porque no hay ninguna clase sospechosa implicada en la demanda),
  • La ordenanza no viola las garantías procesales: existe la posibilidad de audiencia y recurso, y el "periodo de amortización" es suficiente para que las empresas cumplan la ordenanza,
  • No hubo violación de la Cláusula de Expropiación - podría haber habidopero los demandantes no presentaron ninguna prueba del impacto de la ordenanza en el valor de sus negocios o propiedades, y
  • No había conflicto con la ley estatal: aunque la mercancía prohibida es legal según la ley estatal, no hay sanciones penales por infringir la ordenanza (la sanción es la suspensión o revocación de la licencia comercial).

¿Tienes a Axelrod?

Las leyes de zonificación pueden tener un profundo impacto en el funcionamiento de su negocio; en algunos casos, prohíben por completo determinadas categorías de negocios en ciertas zonas de la ciudad.

Si está pensando en abrir un negocio en Myrtle Beach, SC, y necesita ayuda para elegir la entidad comercial adecuada, redactar y presentar sus documentos de constitución, negociar contratos con proveedores o de bienes raíces, elegir una ubicación para su negocio o solicitar una varianza de zonificación, llame a su abogado de derecho mercantil en el equipo Axelrod al 843-258-4478 o complete nuestro formulario de contacto para una consulta inicial y averiguar cómo podemos ayudarle.

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