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¿Cuándo puede un empresario suspender las prestaciones por incapacidad temporal total (ITTD) en Escocia?

¿Cuándo puede un empresario suspender las prestaciones por ttd (incapacidad total temporal) en sc?
Axelrod & Associates, P.A.
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Una vez que los beneficios de incapacidad total temporal (TTD) han comenzado, la Ley de Compensación de Trabajadores SC contiene reglas para cuando un empleador puede dejar de hacer los pagos TTD.

A continuación, vamos a ver lo que SC leyes de compensación de los trabajadores dicen acerca de cuándo un empleador puede dejar de hacer los pagos TTD, incluyendo:

  • Cuándo comienzan los pagos del TTD,
  • Cuándo suelen finalizar los pagos por TTD,
  • ¿Qué ocurre si el empresario pone fin a las prestaciones TTD antes de los 150 días, y
  • ¿Qué ocurre si la empresa pone fin a las prestaciones TTD después de 150 días?

¿CUÁNDO FINALIZAN LAS PRESTACIONES DE LA TTD EN SC?

Si un trabajador sufre un accidente de trabajo que le incapacita totalmente para trabajar, tiene derecho a percibir una indemnización por incapacidad temporal equivalente a 66 2/3 de su salario medio semanal hasta que pueda reincorporarse al trabajo o hasta que la incapacidad se considere permanente (véase Código SC § 42-9-10).

¿Cuándo empiezan las prestaciones TTD, cuándo terminan y qué ocurre si la lesión da lugar a una incapacidad permanente?

¿Cuándo comienzan los pagos por TTD?

Código SC § 42-9-260 contiene normas sobre cuándo pueden comenzar las prestaciones TTD y cuándo un empresario puede poner fin a los pagos TTD.

Si ha estado de baja laboral debido a una lesión en el trabajo durante al menos ocho días, su empresario "puede iniciar los pagos por incapacidad temporal inmediatamente y puede continuar estos pagos durante un máximo de ciento cincuenta días a partir de la fecha de notificación de la lesión o enfermedad sin renunciar a ningún motivo de denegación de buena fe."

Cuando su empresario inicia los pagos, debe notificar a la Comisión de Indemnización por Accidentes de Trabajo que ha comenzado el pago de la indemnización.

¿Cuándo se interrumpen normalmente los pagos por TTD?

En la mayoría de los casos, las prestaciones TTD se abonan hasta que el médico le autorice a reincorporarse al trabajo o hasta que el médico considere que ha alcanzado la mejoría médica máxima y asigna un grado de deterioro.

¿Qué ocurre cuando se agotan las prestaciones TTD?

Si sus prestaciones TTD se agotan antes de que pueda volver al trabajo, o si su médico considera que ha alcanzado la máxima mejoría médica, puede tener derecho a recibir prestaciones por incapacidad total permanente.

Sus prestaciones podrían durar hasta 500 semanas para las lesiones más graves, pero la ley de compensación de los trabajadores de SC establece una duración en función del tipo de lesión.

Sección 42-9-30 del Código de SC establece un número determinado de semanas para la duración de las prestaciones de indemnización por accidente de trabajo en SC -el pago de 2/3 de su salario medio semanal- en función del tipo de incapacidad sufrida.

FINALIZACIÓN DE LOS PAGOS DE LA DDT: LA REGLA DE LOS 150 DÍAS

¿Cuáles son las normas que regulan cuándo un empresario puede dejar de abonar pagos por incapacidad TTD? Depende de si deja de pagar antes o después de los 150 días.

Antes de 150 días

Código SC § 42-9-260 enumera seis cosas que podrían desencadenar la extinción de sus prestaciones en los primeros 150 días:

  • Reincorporación al trabajo durante al menos 15 días,
  • Informar a su empresario, mediante el formulario correspondiente, de que puede reincorporarse al trabajo,
  • La investigación de su empresa encuentra motivos para denegar la solicitud (fraude, por ejemplo),
  • Su médico le da el alta para volver al trabajo,
  • Su médico le autoriza a realizar trabajos ligeros, se le ofrece un trabajo ligero (prestaciones reducidas mayo en algunos casos), o rechaza una asignación de trabajo ligero (las prestaciones pueden finalizar por completo), o
  • Rechaza el tratamiento o la evaluación médica.

Si su empresa pone fin a los pagos por TTD en los primeros 150 díasno necesitan su consentimiento ni una orden de la Comisión, pero deben notificarlo a la Comisión antes del presentación del formulario 15 si sus prestaciones finalizan o se suspenden por cualquier motivo.

No obstante, si su empresa pone fin a sus pagos por TTD, puede solicitar una audiencia con la Comisión para pedir que le restablezcan las prestaciones.

Después de 150 días

Código SC § 42-9-260 sólo prevé tres "desencadenantes" que pondrán fin a sus prestaciones si lleva más de 150 días percibiéndolas:

  • Su médico le da el alta para volver al trabajo sin restricciones,
  • Su médico le autoriza a realizar trabajos ligeros, se le ofrece un trabajo ligero (prestaciones reducidas mayo en algunos casos), o rechaza una asignación de trabajo ligero (las prestaciones pueden finalizar por completo), o
  • Vuelve a trabajar para otra empresa.

Una vez transcurridos los 150 días, su empresa debe solicitar una audiencia ante la Comisión antes de rescindir o suspender sus prestaciones TTD por cualquier motivo, a menos que 1) usted renuncie a la audiencia por escrito o 2) se haya reincorporado voluntariamente al trabajo.

Si la empresa suspende los pagos del TTD sin causa justificada o incumple de algún otro modo las normas contenidas en el § 42-9-260, la empresa puede ser sancionada con una multa de 25%, que se abona al trabajador además del importe de las prestaciones retenidas.

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