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SC Ley de Compensación de Trabajadores: ¿Qué es la doctrina del empleado estatutario?

Ley de Compensación Laboral de la CSS: ¿Qué es la doctrina del empleado estatutario?
Axelrod & Associates, P.A.
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¿Qué es la doctrina del empleado estatutario del TS y cómo podría afectar a su caso de indemnización por accidente laboral?

En el pasado, los empresarios se consideraban inmunes a las demandas de los empleados de los contratistas y subcontratistas en virtud de los artículos 42-1-400 y 410 del Código del Estado de Carolina del Sur, la "doctrina del empleado legal", que el Tribunal Supremo del Estado de Carolina del Sur ha interpretado en el pasado en el sentido de que 1) exige la cobertura de la indemnización de los trabajadores para los empleados de los contratistas y subcontratistas y 2) proporcionar inmunidad frente a la responsabilidad extracontractual cuando los empleados de los contratistas y subcontratistas sufrieran lesiones en el trabajo.

En Keene contra CNA HoldingsEn su sentencia de 11 de agosto de 2021, el Tribunal Supremo confirmó que analizará la doctrina del empleado estatutario de forma diferente en casos futuros, facilitando, en algunos casos, que los empleados lesionados de contratistas y subcontratistas demanden a la empresa contratista por negligencia. En Keeneel Tribunal deja claro que:

  1. El orden público en el que se basa la doctrina del empleado estatutario es no proteger a los empresarios de demandas judiciales, y
  2. El orden público en el que se basa la doctrina del empleado estatutario es garantizar que los trabajadores estén cubiertos por un seguro de indemnización por accidentes laborales.

¿QUÉ ES LA DOCTRINA DEL EMPLEADO ESTATUTARIO?

Los empresarios suelen recurrir a trabajadores contratados en las obras, a veces porque es la mejor decisión comercial dadas las circunstancias, a veces porque la mano de obra del empresario no tiene la cualificación necesaria para realizar un trabajo concreto y otras veces porque el empresario quiere evitar el gasto de contratar un seguro de indemnización de los trabajadores.

Código SC § 42-1-400 dice que cuando el propietario de una empresa contrata a un contratista para realizar una tarea que forma "parte de su oficio, negocio u ocupación", el propietario es responsable de pagar a los empleados del contratista las mismas prestaciones de compensación por accidente de trabajo que habría tenido el trabajador si los trabajadores del contratista hubieran estado empleados por el propietario:

Cuando cualquier persona, en esta sección y en las Secciones 42-1-420 y 42-1-430 referida como "propietario", se compromete a realizar o ejecutar cualquier trabajo que sea parte de su comercio, negocio u ocupación y contrata con cualquier otra persona (en esta sección y en las Secciones 42-1-420 a 42-1-450 referida como "subcontratista") para la ejecución o realización por o bajo dicho subcontratista de todo o parte del trabajo emprendido por dicho propietario, el propietario será responsable de pagar a cualquier trabajador empleado en el trabajo cualquier indemnización en virtud de este título que hubiera sido responsable de pagar si el trabajador hubiera sido empleado inmediatamente por él.

Del mismo modo, Código SC § 42-1-410 hace responsable al contratista de la cobertura de la indemnización por accidentes laborales de los empleados de los subcontratistas:

Cuando cualquier persona, en esta sección y en las Secciones 42-1-420 a 42-1-450 referidas como "contratista", contrata para realizar o ejecutar cualquier trabajo para otra persona que no sea parte del comercio, negocio u ocupación de dicha otra persona y contrata con cualquier otra persona (en esta sección y en las Secciones 42-1-420 a 42-1-450 referidas como "subcontratista") para la ejecución o realización por o bajo el subcontratista de todo o parte del trabajo emprendido por dicho contratista, el contratista estará obligado a pagar a cualquier trabajador empleado en la obra cualquier indemnización en virtud de este título que habría estado obligado a pagar si dicho trabajador hubiera sido empleado inmediatamente por él.

Esto ha tenido dos efectos en la cobertura de la indemnización de los trabajadores. En primer lugar, ha fomentado la "política pública que favorece la inclusión en la Ley de Indemnización por Accidentes Laborales", proporcionando cobertura a empleados que de otro modo no habrían podido recurrir cuando se lesionaron en el trabajo.

En segundo lugar, proporcionaba una inmunidad casi general a los empresarios negligentes que podían 1) trasladar la carga de la cobertura de la indemnización de los trabajadores a los contratistas mediante cláusulas contractuales y 2) evitar la responsabilidad extracontractual.

¿LA INTENCIÓN DE LA DOCTRINA DE LA INMUNIDAD ESTATUTARIA ES PROPORCIONAR INMUNIDAD A LOS EMPRESARIOS O PROPORCIONAR COBERTURA A LOS TRABAJADORES?

En Keeneel Tribunal Supremo revisó las opiniones anteriores del Tribunal, reconociendo que los casos más antiguos como Marchbanks y Boseman tendía a proporcionar inmunidad general a los empresarios que utilizaban contratistas para realizar tareas, pero señalando que, en los últimos años, el Tribunal se ha alejado de permitir a los empresarios utilizar la doctrina del empleado estatutario como escudo contra la responsabilidad.

En Keene, CNA Holdings (anteriormente Hoechst) contrató a Daniel Construction Company para construir una planta de fibra de poliéster y, posteriormente, para proporcionar trabajadores de mantenimiento y reparación en la planta. Daniel Construction contrató a Dennis Seay como empleado de mantenimiento y reparación. Seay estuvo expuesto al amianto en su trabajo y finalmente murió de mesotelioma causado por la inhalación de fibras de amianto.

Daniel Construction estaba obligada por contrato a mantener un seguro de indemnización de los trabajadores y Seay fue (el Tribunal supone) indemnizado a través de la póliza de indemnización de los trabajadores de Daniel Construction. Keene, hija de Seay y representante personal de su patrimonio, también ejercitó acciones por negligencia, homicidio culposo y supervivencia contra CNA Holdings.

CNA Holdings argumentó que eran inmunes a las demandas en virtud de la doctrina del empleado estatutario - ya que estaban obligados a proporcionar seguro de compensación a los trabajadores por la ley, y Daniel Construction proporcionó la cobertura, CNA Holdings argumentó que por lo tanto eran inmunes a cualquier demanda basada en su negligencia.

El Tribunal discrepó. Aunque el Tribunal reconoció que éste habría sido el resultado en años anteriores, las decisiones más recientes del Tribunal se han alejado de esta interpretación para considerar que la doctrina del empleado estatutario no pretendía ser un escudo para los empresarios - el objetivo de la ley era garantizar la cobertura de los trabajadores, no proteger a los empresarios de demandas judiciales.

La doctrina del trabajador por cuenta ajena no es un escudo para eludir la responsabilidad del empresario

El objetivo de la ley no es proporcionar inmunidad a los empresarios, y el Tribunal rechaza permitir que los empresarios la utilicen como escudo:

También es importante señalar que la política pública en cuestión aquí no es proporcionar inmunidad civil a empresarios como Hoechst o sus sucesores corporativos como CNA Holdings. En OlmsteadEl tribunal de apelaciones escribió que "la lógica subyacente" de favorecer la cobertura de los trabajadores "no es tan pertinente cuando la definición legal de empleado y la disposición de recurso exclusivo se utilizan como escudo para impedir la recuperación en virtud de otra teoría". Olmstead contra Shakespeare348 S.C. 436, 441, 559 S.E.2d 370, 373 (Ct. App. 2002), aff'd as modified354 S.C. 421, 581 S.E.2d 483. Al revisar esa declaración, este Tribunal "declinó" "adoptar un criterio de revisión diferente para los casos en los que la ley de compensación de los trabajadores se utiliza como escudo de la responsabilidad". 354 S.C. en 427, 581 S.E.2d en 486. Hoy nos negamos de nuevo a hacerlo.

Cuando se determina que un trabajador es un empleado estatutario, la reclamación de indemnización por accidente laboral puede presentarse contra el propietario. Cuando la reclamación se presenta contra el propietario, éste goza de inmunidad frente a la responsabilidad extracontractual en virtud de las leyes de compensación de los trabajadores de SC.

Sin embargo, cuando la reclamación de indemnización por accidente laboral se presenta contra el contratista o subcontratista, se satisface la política pública a favor de la cobertura, y el contratista o subcontratista goza entonces de inmunidad frente a la responsabilidad extracontractual en virtud de las leyes de indemnización por accidente laboral del Estado de Carolina del Sur.

Ninguna política pública ni ningún lenguaje en el estatuto dice que el propietario deberían gozar entonces de inmunidad cuando no proporcionaron la cobertura de indemnización de los trabajadores:

Ciertamente, cuando la política pública que subyace a la doctrina del empleado estatutario conduce a la conclusión de que un trabajador es un empleado estatutario, la consecuencia colateral de dicha conclusión es que la reclamación contra el propietario debe presentarse ante la comisión de compensación de los trabajadores. En ese caso, el propietario goza colateralmente de inmunidad frente a la responsabilidad extracontractual. Sin embargo, cuando se cumple la política pública que favorece la cobertura -como ocurrió en este caso- esa política no tiene nada que decir sobre la concesión de inmunidad al propietario. Por estos motivos, el argumento de CNA Holdings de que el orden público respalda su postura es erróneo.

¿El resultado?

La doctrina del empleado estatutario funciona según lo previsto: la política pública que se pretendía aplicar es garantizar que los trabajadores estén cubiertos. Sin embargo, cuando el propietario no proporciona la cobertura, no obtiene el beneficio de la inmunidad frente a la responsabilidad extracontractual.

Del mismo modo que cualquier persona o empresa puede ser demandada por negligencia que cause lesiones a un trabajador, un propietario que no proporcione la cobertura puede ser demandado por su negligencia.

Si trabajas para un contratista o subcontratista en una tarea que "forma parte del oficio, negocio u ocupación [del propietario]", debes estar cubierto por un seguro de indemnización por accidentes de trabajo.

Sin embargo, cuando el propietario no proporciona la cobertura por sí mismo, y cuando sus lesiones fueron causadas por la negligencia del propietario, usted puede ser capaz de cobrar 1) la cobertura de compensación de los trabajadores del contratista o subcontratista y 2) daños y perjuicios en una demanda civil basada en la negligencia del propietario (tenga en cuenta que usted no puede recuperar dos veces - la compensación de los trabajadores puede exigir el reembolso de los ingresos de cualquier acuerdo civil por las mismas lesiones).

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