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Porte Constitucional - ¿Cuáles son las Nuevas Leyes de Armas de 2024 en Carolina del Sur?

Constitutional Carry - ¿Cuáles son las nuevas leyes de armas de 2024 en Carolina del Sur?
Axelrod & Associates, P.A.
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La ley de "portación constitucional" de Carolina del Sur, H. 3594entró en vigor el 7 de marzo de 2024.

Ahora, cualquiera que no tenga prohibido poseer un arma de fuego puede llevarla en cualquier lugar del Estado, oculta o abiertamente, excepto en lugares sensibles como juzgados y departamentos de policía.

A continuación, vamos a discutir las nuevas reglas en Carolina del Sur para la portación oculta bajo las leyes de armas 2024, incluyendo:

  • Qué significa "portación constitucional",
  • Los cambios de 2024 a las leyes de armas de SC,
  • Dónde se puede llevar un arma en SC, y
  • Lugares donde no se puede llevar un arma en SC.

¿Qué significa portación constitucional?

"Porte constitucional" es la idea de que el Segunda Enmienda protege el derecho de todo ciudadano a llevar un arma en cualquier lugar sin requisitos como un permiso de portación oculta o formación sobre armas de fuego.

Siendo necesaria una Milicia bien regulada para la seguridad de un Estado libre, el derecho del pueblo a poseer y portar Armas no será infringido.

¿Protege la Segunda Enmienda el derecho a poseer y portar armas con el fin de mantener una milicia bien regulada, o protege el derecho del pueblo a poseer y portar armas independientemente de si participa o no en una milicia?

La Segunda Enmienda, independientemente de las palabras que contenga, significa lo que el Tribunal Supremo de EE.UU. dice que significa, y ahora mismo eso significa que todos tenemos derecho a llevar un arma donde y cuando nos plazca, con excepciones limitadas.

La legislación constitucional sobre portación de armas de Carolina del Sur está adaptando las leyes sobre armas de nuestro Estado a los recientes dictámenes del Tribunal Supremo de EE.UU. en casos como New York State Rifle & Pistol Association, Inc. contra Bruen (2022).

¿Qué ha cambiado en las enmiendas a la Ley de Armas de 2024 de SC?

La ley de portación constitucional de Carolina del Sur hace legal llevar un arma prácticamente en cualquier lugar sin un permiso de armas ocultas (CWP), abierta u oculta.

La nueva ley de armas deroga Código SC § 16-23-460que exigía una CWP para llevar un arma de fuego oculta. También deroga Código SC § 23-31-230 y Código SC § 23-31-225 porque ahora están cubiertos por las nuevas leyes.

¿Cuáles son las normas para el portar constitucional en SC?

Puede cualquiera llevar un arma en cualquier lugar en Carolina del Sur?

No - todavía hay restricciones sobre quién puede poseer un arma de fuego, así como donde se puede llevar un arma de fuego en SC.

Por ejemplo, tanto la legislación estatal como la federal prohibir a determinadas personas de portar un arma de fuego como las personas condenadas por un delito grave que conlleve un año o más de prisión, las personas con enfermedades mentales y las personas que hayan sido condenadas por un delito de violencia doméstica.

También hay restricciones para donde puedes llevar un arma en SC.

¿Dónde se puede llevar un arma en el coche según la Ley de Portabilidad Constitucional del Estado de Carolina del Sur?

Bajo las antiguas leyes de armas de Carolina del Sur, usted sería arrestado si no tuviera su arma en una guantera cerrada, consola central, maletero o contenedor asegurado en el maletero.

Según la ley de portabilidad constitucional, puede guardar su arma en cualquier lugar del vehículo: en el salpicadero, bajo el asiento, en la guantera o en el bolsillo. Tampoco es obligatorio informar a las fuerzas del orden de que llevas un arma de fuego, aunque probablemente deberías hacerlo.

Las normas son diferentes si se encuentra "en cualquier local o propiedad que pertenezca, esté gestionada o controlada por una escuela privada o pública, colegio, universidad, escuela técnica, otra institución postsecundaria, o en cualquier edificio de propiedad pública". Cuando esté en una propiedad escolar, las armas deben estar "aseguradas en una guantera cerrada, consola cerrada, maletero cerrado, o en un contenedor cerrado asegurado por un cierre integral y transportado en el maletero del vehículo".

¿Qué lugares están prohibidos para portar armas según la Ley de Portación Constitucional del Tribunal Supremo?

Algunos lugares están prohibidos para las armas, incluidas zonas sensibles como juzgados, cárceles y departamentos de policía.

Si no está prohibido, puede llevar un arma en cualquier lugar en SC, abierta u oculta, excepto a:

(1) centro policial, correccional o de detención;

(2) juzgado, sala de vistas u otro edificio de titularidad pública, ya sea propiedad del Estado, de un condado, de un municipio o de otra subdivisión política, donde se celebre un tribunal y durante el tiempo en que dicho tribunal esté reunido;

(3) colegio electoral en días de elecciones;

(4) oficina o reunión de negocios del órgano de gobierno de un condado, distrito escolar público, municipio o distrito con fines especiales;

(5) evento deportivo escolar o universitario no relacionado con armas de fuego;

(6) guardería o centro preescolar;

(7) lugar donde el porte de armas de fuego esté prohibido por la legislación federal;

(8) iglesia u otro santuario religioso establecido, a menos que se cuente con el permiso expreso del funcionario eclesiástico o del órgano de gobierno correspondiente;

(9) hospital, clínica médica, consultorio médico o cualquier otra instalación donde se realicen servicios o procedimientos médicos, salvo autorización expresa de la entidad correspondiente;

(10) residencia o morada de otra persona sin el permiso expreso del propietario o de la persona en control o posesión legal de la residencia o morada, según proceda; o

(11) lugar claramente señalizado con un cartel que prohíba llevar un arma ocultable en el local de conformidad con la Sección 23-31-235. Una persona que viole una disposición de este artículo, ya sea la violación intencional o no, sólo puede ser acusado de una violación de la Sección 16-11-620 y no debe ser acusado ni sancionado por una infracción de esta subsección.

Ahora que el porte constitucional es legal, ¿puedo borrar mi condena por porte ilegal?

En virtud del nuevo Código SC § 22-5-910Si tiene una condena anterior por posesión ilegal de un arma de fuego, no importa la antigüedad de la condena, tiene cinco años para borrarla de su expediente - debe solicitarlo antes del 7 de marzo de 2029.

A partir de ahora, si tiene "una primera infracción [condena] por posesión ilegal de un arma de fuego o arma que conlleve una pena de no más de un año o una multa de mil dólares, o ambas", puede conseguir que se borre después de tres años.

¿Tienes a Axelrod?

Si ha estado detenido y acusado de un delito bajo las leyes de armas de SC, su abogado de defensa criminal de SC en Axelrod y Asociados le ayudará a luchar contra los cargos. También podemos ayudarle a borrar su condena por porte ilegal o, si tiene condenas en su expediente que le impiden poseer un arma de fuego, un abogado de indultos del equipo de Axelrod puede ayudarle a restaurar sus derechos civiles.

Llame a ahora en 843-353-3449 o contacto en línea para hablar con un abogado de defensa criminal de las leyes de armas de SC en el equipo de Axelrod hoy.

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