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¿Qué es el Programa de Dispositivo de Interbloqueo de Encendido en SC?

¿Qué es el Programa de Dispositivos de Interbloqueo de Encendido en SC?
Axelrod & Associates, P.A.
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¿Qué es el programa de dispositivo de bloqueo de encendido (IID) en Carolina del Sur, y cuando se le requiere para instalar un dispositivo de alcoholemia en su vehículo?

A partir de mayo de 2024, una nueva ley hará obligatorios estos dispositivos para las personas que estén condenado por cualquier DUI o DUAC delito en SC y para cualquier persona con una violación de consentimiento implícito.

A continuación, vamos a discutir la nueva ley de SC dispositivo de bloqueo de encendido, incluyendo:

  • Cómo funciona un dispositivo de bloqueo de encendido,
  • Cómo funciona el programa de dispositivos de bloqueo de encendido en Carolina del Sur, y
  • Qué cambiará con la nueva ley de dispositivos de bloqueo de encendido de SC.

¿Qué es un dispositivo de bloqueo de encendido?

Un dispositivo de interbloqueo de encendido (IID) es un pequeño alcoholímetro que está diseñado para evitar que una persona arranque el encendido de su coche si hay alcohol en su sistema, también llamado "alcoholímetro de coche" o "dispositivo de interbloqueo de encendido por alcohol en el aliento (BAIID)".

Carolina del Sur, al igual que otros estados, ha pasado a exigir a las personas condenadas por delitos relacionados con la conducción bajo los efectos del alcohol que instalen estos dispositivos en sus vehículos. Muchos consideran que el programa es un éxito, ya que 1) evita accidentes por conducir ebrio, 2) evita cargos adicionales por DUI para el conductor, y 3) permite a algunas personas conducir -de forma segura- cuando de otro modo se les habría suspendido el permiso.

¿Cómo funciona un dispositivo de bloqueo de encendido?

El sistema consta de una unidad portátil, una boquilla, un cable que se conecta al encendido y una cámara.

El conductor debe proporcionar una muestra de aliento antes de poder arrancar el vehículo. Si la supera, el vehículo arrancará. Si no lo consigue, se bloquea el contacto. El conductor puede volver a someterse a la prueba, pero se bloqueará el dispositivo si falla demasiadas veces.

El dispositivo también puede pedir al conductor que se someta a nuevas pruebas aleatorias mientras el vehículo esté en marcha e impedir que el conductor vuelva a arrancar su vehículo si no supera una nueva prueba.

¿Qué es el Programa de Dispositivo de Interbloqueo de Encendido en SC?

El dispositivo es instalado y supervisado por el departamento de libertad condicional, y los costes de instalación y supervisión corren a cargo del conductor.

Cuando el conductor no supera una prueba de alcoholemia con el dispositivo, se notifica al departamento de libertad condicional, y existe un "sistema de puntos" recogido en el Código SC § 56-5-2941 que permite al departamento de libertad condicional:

  • Prolongar el tiempo que el conductor debe tener instalado el IID,
  • Exigir que el conductor asista a un tratamiento contra el abuso de sustancias, o
  • Revocar los privilegios de conducción de la persona.

¿Qué es la nueva ley de dispositivos de bloqueo de encendido de SC?

En 2024 enmiendas a las leyes de IID de SC incluyen cambios en los requisitos del dispositivo de bloqueo de encendido en varias situaciones, incluyendo:

  • La ley de "tolerancia cero" de Carolina del Sur, que prevé la suspensión del permiso de conducir si una persona menor de 21 años presenta una tasa de alcoholemia igual o superior a 0,02 (ver, Código SC §56-1-286),
  • Permitir infractores de tráfico habituales para recuperar sus licencias mediante la instalación de un dispositivo de bloqueo de encendido,
  • Proporcionar un procedimiento mediante el cual se pueda eliminar un requisito de dispositivo de por vida,
  • Exigir IID para las personas condenadas por primer delito conducir bajo los efectos del alcohol (DUI) o conducir con una concentración ilegal de alcohol (DUAC), y
  • Exigir IIDs para las personas acusadas de violaciones de consentimiento implícito.

Los antiguos requisitos del DII

En virtud de los actuales requisitos del dispositivo de bloqueo de encendido, una persona que haya sido condenada por DUI o DUAC puede ser obligatorio inscribirse en el programa IID o, en algunos casos, pueden tener la opción de inscribirse en el programa IID en lugar de cumplir con la suspensión de su licencia.

En cualquier caso, el dispositivo no es obligatorio para cualquier persona que sea condenada por un primer delito de DUI o DUAC.

Cuando una persona tiene una violación de consentimiento implícito, el dispositivo es obligatorio en algunas situaciones, mientras que es una opción en otros casos, lo que permite a una persona evitar una suspensión obligatoria de la licencia mediante la instalación del dispositivo.

Los nuevos requisitos del DID

En virtud de las enmiendas de 2024, que no entrarán en vigor hasta mayo de 2024, el requisito del dispositivo de bloqueo de encendido será obligatorio incluso para las condenas por DUI o DUAC de primer delito, y será obligatorio para todas las condenas de DUI o DUAC de primer delito, y será obligatorio para todas las condenas de DUI o DUAC de primer delito. violaciones del consentimiento implícito.

Condenas por DUI o DUAC

¿Cuánto tiempo debe mantener el dispositivo en su vehículo después de una condena por DUI o DUAC?

La duración depende de cuántas condenas previas por DUI o DUAC tenga la persona en los últimos diez años.

Por un primer delito, seis meses.

Por un segundo delito, dos años.

Por un tercer delito, tres años.

Por un tercer delito que se produzca en los cinco años siguientes al primer delito, cuatro años.

Para una cuarta infracción o infracciones subsiguientes, existe un requisito de dispositivo de bloqueo de encendido de por vida.

Violaciones del consentimiento implícito

Cuando una persona se niega a someterse a la prueba de alcoholemia o se somete a la prueba y el resultado es 0,15 o superior, habrá un requisito obligatorio de IID en virtud de las enmiendas de 2024.

Si la persona solicita una audiencia de consentimiento implícito/audiencia administrativa de DUI, aún puede solicitar una TAL (licencia temporal de alcohol) que le permite conducir sin restricciones hasta su audiencia.

Si ganan su audiencia de consentimiento implícito, no hay requisito de IID a menos que sean condenados por DUI.

Sin embargo, si pierden la audiencia de consentimiento implícito, deberán instalar un IID e inscribirse en el Programa de Acción de Seguridad contra el Alcohol y las Drogas (ADSAP) en un plazo de 30 días a partir de la decisión del funcionario de la audiencia.

¿Tienes a Axelrod?

Si usted ha sido acusado de DUI, DUAC, delito grave de DUI, o un delito relacionado con DUI en SC, póngase en contacto con un Abogado defensor de DUI en el equipo de Axelrod inmediatamente - podemos ser capaces de conseguir su caso desestimado, usted puede ser capaz de evitar una suspensión de la licencia, y usted puede tener defensas que usted no es consciente de.

Llame a Axelrod y Asociados ahora en 843-258-4478 o envíenos un correo electrónico para hablar con un abogado de defensa de DUI en Myrtle Beach, SC hoy.

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