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¿Qué es la posesión constructiva?

¿Qué es la posesión constructiva?
Axelrod & Associates, P.A.
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¿Qué significa posesión constructiva?

¿Sabía que puede ser condenado por posesión de drogas, o incluso por tráfico de drogas, cuando las drogas no estaban realmente en su posesión? ¿Incluso si eran drogas de otra persona?

En El Estado contra StewartEl 19 de mayo de 2021, el Tribunal Supremo de Carolina del Sur revocó las condenas por tráfico de heroína y posesión simple de oxicodona porque el tribunal de primera instancia dijo a los miembros del jurado que podían "inferir" el conocimiento y la posesión si las drogas se encontraban en la propiedad del acusado.

También revisaron la definición de posesión constructiva, incluida la forma en que los tribunales deben explicar a los jurados los elementos de la posesión constructiva que deben determinarse más allá de toda duda razonable.

¿QUÉ SIGNIFICA POSESIÓN CONSTRUCTIVA?

Se habla de "posesión real" cuando las drogas se encuentran en la persona de alguien, por ejemplo, en su bolsillo, ocultas en el interior de una chaqueta o en su mano.

Cuando se encuentran drogas cerca de una persona - en un vehículo, en una residencia o en el suelo cercano, la persona aún puede ser detenida y condenada por posesión (o tráfico, dependiendo del peso de las drogas), pero el Estado debe probar la posesión constructiva:

  1. El derecho a ejercer el "dominio y control" de las drogas, y
  2. El conocimiento, que incluye la intento para controlar la disposición o el uso de las drogas.

El derecho y el poder de controlar la disposición de las drogas (poder)

En un caso de "posesión real", el Estado puede probar que un acusado tenía "el derecho y el poder de ejercer control sobre las drogas" probando que el acusado "tenía la custodia física real de las drogas".

En un caso de posesión constructiva, sin embargo, el Estado debe probar que el acusado tenía "el derecho y el poder de ejercer control sobre las drogas" utilizando otras pruebas.

Por ejemplo:

  • Las drogas se encontraron en la "zona de agarre" del acusado, es decir, en el suelo a los pies de alguien, en la tabla del suelo delante de una persona en un coche o debajo del cojín del asiento donde estaba sentada una persona,
  • Las drogas se encontraron en un vehículo que es propiedad del acusado o que éste conduce,
  • En un almacén propiedad del demandado o alquilado por él,
  • El acusado hizo declaraciones incriminatorias que indican que las drogas le pertenecían, o
  • Un coacusado u otro testigo declara que el acusado era el propietario de las drogas, que las tenía en su poder o que las tiró al suelo cuando se acercó la policía.

Mera presencia en el lugar donde se encontraron las drogas no basta para condenar a alguien por posesión o tráfico de drogas.

Si el Estado prueba que un acusado tenía "el derecho y el poder de ejercer el control sobre las drogas", aún no es suficiente - el Estado también debe probar un segundo elemento: que el acusado tenía conocimiento de que las drogas estaban allí, lo que incluye la específica "intención de controlar la disposición de las drogas".

Conocimiento e intención de controlar la disposición de las drogas (intención)

Conocimiento no significa sólo "vi las drogas allí en la mesa de la cocina". En el contexto de un caso de posesión constructiva, conocimiento significa "la intención de controlar la disposición o el uso de las drogas:"

En segundo lugar, el Estado debe probar que el acusado tenía conocimiento de las drogas y la intención de controlar su disposición o uso. En términos ligeramente diferentes, se trata de los mismos dos elementos que expusimos en Ellis,MarrónCarrilHudsonVer Carril, 271 S.C. en 73, 245 S.E.2d en 116 (donde se sostiene que "el acusado tiene la posesión necesaria para la condena 'cuando tiene tanto el poder (control real o constructivo) como la intención de controlar su disposición o uso'" (citando a Ellis263 S.C. en 22, 207 S.E.2d en 413)).

El primer elemento puede describirse como potencia para controlar la disposición o el uso de los medicamentos, y el segundo elemento puede describirse como el que tiene la intento para controlar la disposición o el uso de las drogas.

Si no se demuestra ninguno de los dos elementos más allá de toda duda razonable, los jurados deben emitir un veredicto de no culpabilidad.

EXISTE UN INFERENCIA DE CONOCIMIENTO Y POSESIÓN CUANDO SE ENCUENTRAN DROGAS EN LA PROPIEDAD DE UN ACUSADO?

El Tribunal Supremo en Stewart revocó las condenas del acusado por posesión simple de oxicodona y tráfico de heroína porque el tribunal de primera instancia instruyó al jurado que "[e]l conocimiento y la posesión del acusado pueden ser inferido cuando se encuentra una sustancia en la propiedad bajo el control del acusado".

Stewart anula el caso de 1987 El Estado contra Adamsdonde el Tribunal sostuvo que "[l]a acusación adecuada sobre la posesión constructiva es instruir al jurado de que el conocimiento y la posesión del acusado pueden inferirse si la sustancia se encontró en un local bajo su control", y ahora es un error reversible que un tribunal de primera instancia dé esta instrucción al jurado.

Para el Tribunal, Sí

¿Existe la inferencia de que el acusado tenía conocimiento y posesión si las drogas se encontraron en locales bajo su control?

Hay a efectos de veredicto dirigido pero no las instrucciones al jurado. Si el acusado solicita un veredicto dirigido basado en pruebas insuficientes, el Tribunal puede denegar la moción de veredicto dirigido si hay pruebas de que las drogas se encontraron en locales que estaban bajo el control del acusado - su casa, vehículo o "zona de agarre", por ejemplo.

Para las instrucciones al jurado, No

El problema abordado por el Tribunal Supremo del TS en Stewart era un instrucción del jurado que informó a los jurados de que había una inferencia.

En Burdette...], afirmamos que "algunas cuestiones apropiadas para la argumentación del jurado no son apropiadas para la acusación". ¿Necesitan los jurados el permiso del tribunal para inferir algo? La respuesta es, por supuesto que no'". 427 S.C. en 503, 832 S.E.2d en 583 (citando El Estado contra Belcher385 S.C. 597, 612 n.9, 685 S.E.2d 802, 810 n.9 (2009)).

Puede haber una inferencia de que un acusado tenía conocimiento y control de las drogas que se encontraron en los locales bajo el control del acusado, los abogados pueden argumentar que la inferencia, y el Tribunal puede negar un veredicto dirigido sobre la base de esa inferencia, pero es un error reversible para un tribunal de primera instancia para instruir a los miembros del jurado que existe una inferencia.

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