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Myrtle Beach, SC 29577

¿Qué es una audiencia preliminar en sc?

¿Qué es una audiencia preliminar en sc?
Axelrod & Associates, P.A.
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Una audiencia preliminar en SC es una audiencia de causa probable donde la fiscalía debe probar que había causa probable para su arresto y cargos.

Si no había causa probable, su caso es desestimado. Si el tribunal considera que existía causa probable para la detención, su caso continúa - no se ha hecho ningún daño, y nada cambia excepto que ahora usted puede tener información adicional sobre el testimonio esperado del oficial y las debilidades potenciales en el caso del estado.

A continuación, responderemos a las preguntas más comunes que recibimos sobre las audiencias preliminares, incluyendo:

  • Qué ocurre en una vista preliminar,
  • Quién puede optar a una audiencia preliminar,
  • Cómo se solicita un prelim, y
  • Si debe renunciar a su audiencia preliminar.

¿QUÉ ES UNA AUDIENCIA PRELIMINAR?

La policía sólo puede efectuar una detención u obtener una orden de detención firmada por un juez si existe causa probable de que la persona ha cometido un delito.

¿Qué es la causa probable?

No existe una definición única de causa probable, pero los tribunales han considerado en general que debe haber una base razonable para creer que la persona ha cometido un delito. Entonces, ¿qué es una base razonable?

Es algo más que una sospecha razonable, y algo menos que la prueba por un preponderancia de las pruebas (lo más probable es que no).

¿Quién tiene derecho a una audiencia preliminar?

Cualquier persona acusada de un delito en el Tribunal de Sesiones Generales en SC tiene derecho a una audiencia preliminar - esto incluye la mayoría de los casos que llevan más de 30 días en la cárcel como una pena potencial, que van desde cargos de asesinato a hurto en tiendas cuando el valor de la propiedad es superior a $2000.

Si se le acusa en el tribunal de primera instancia o en el tribunal municipal, no tiene derecho a una audiencia preliminar, aunque sigue siendo necesaria una causa probable para la detención, y puede presentar una moción para desestimar los cargos por falta de causa probable.

¿Cómo se solicita una audiencia preliminar en SC?

Su juez de fianza debe 1) decirle que tiene derecho a una audiencia preliminar y 2) proporcionarle un formulario escrito que puede rellenar y devolver para solicitar su audiencia preliminar (esto es requerido por Código SC § 17-23-160).

Deberías inmediatamente rellene el formulario y devuélvalo a la dirección indicada o entrégueselo a su abogado para que solicite la vista preliminar en su nombre, ya que existe un plazo a partir del cual perderá su derecho a la vista preliminar.

¿Qué ocurre en una audiencia preliminar?

El agente que procedió a la detención o el jefe de la investigación (debe ser el "declarante que figure en la orden de detención o el jefe de la investigación del caso" con arreglo al Código SC § 17-23-162) testificará sobre por qué te acusaron del delito.

Después de su testimonio directo, su abogado tendrá la oportunidad de interrogar al oficial para demostrar que no había causa probable para el arresto.

Si el juez está de acuerdo en que no había causa probable, sus cargos son desestimados. Si el juez encuentra que había causa probable, su caso es "remitido" a la Corte de Sesiones Generales y la oficina del procurador lo enviará al gran jurado para la acusación.

¿Qué pasa si usted gana su audiencia preliminar en SC?

Si el juez encuentra que no hubo causa probable, sus cargos son desestimados. El tribunal también podría encontrar que no hay causa probable en cuanto al delito imputado, pero reducirlo a un delito menos grave.

Esto no significa necesariamente que su caso ha terminado - el fiscal todavía puede enviar su caso al gran jurado para la acusación (aunque el gran jurado se supone que debe encontrar una causa probable antes de acusar a un caso, el fiscal nunca les da suficiente información para tomar una decisión informada, y casi todos los casos son acusados por el gran jurado.

Manténgase en contacto con su abogado después de que sus cargos sean desestimados en el prelim hasta que averigüe si su caso será acusado directamente o si realmente ha terminado.

¿Qué ocurre si pierde la audiencia preliminar?

Si pierde su preliminar, no pierde nada. Su procesamiento continuará en el Tribunal de Sesiones Generales, y no hay "pena" o efecto negativo en su caso.

¿DEBE RENUNCIAR A SU AUDIENCIA PRELIMINAR?

¿Debe renunciar a su audiencia preliminar?

El fiscal quiere que usted pase la vista preliminar: no quiere correr el riesgo de que el juez desestime su caso y no quiere pasar más tiempo del necesario en la sala del tribunal.

El oficial quiere que usted renuncie a su prelim - no quieren subir al estrado de los testigos, y ya están molestos de que se les exige comparecer ante el tribunal, sentarse, y esperar a una audiencia que puede o no puede suceder.

El tribunal quiere que usted renuncie a su audiencia preliminar - no necesariamente porque el juez se preocupe de una manera u otra, sino porque ha sido una mañana larga, quieren terminar con las audiencias preliminares, y cuantas más audiencias se renuncien significa menos tiempo se tarda en terminar con el tribunal de audiencias preliminares.

Su abogado puede querer que usted renuncie a su audiencia preliminar - si este es el caso, usted debe seguir el consejo de su abogado que está familiarizado con los hechos de su caso. Pero, ¿por qué querría su abogado que usted renunciara a su única oportunidad en una audiencia de causa probable?

Razones erróneas para renunciar a su pre...

En primer lugar, su abogado no tiene autoridad para renunciar a su audiencia preliminar - es su derecho insistir o renunciarEl trabajo de su abogado es aconsejarle sobre si debe seguir adelante o renunciar a la vista.

¿Cuáles son las razones "erróneas" para renunciar a una audiencia preliminar?

  • Vas a declararte culpable de todos modos. Pero, ¿lo va a hacer? Si el tribunal desestima tus cargos por falta de causa probable, o si el agente no comparece repetidamente y el tribunal desestima tus cargos por falta de acusación, ¿te vas a declarar culpable?
  • Definitivamente había causa probable para el arresto, así que no tiene sentido. ¿Pero no tiene sentido? Si el oficial hace una declaración en el estrado que es favorable a su caso, ¿no hace que valga la pena? ¿Qué pasa si el oficial le sorprende con un testimonio que no se suma a la causa probable?
  • No queremos agitar el barco. ¿No queremos enfadar al fiscal o al policía, porque quizá no consigamos un buen trato más adelante? O, ¿no queremos agitar el barco, porque podría afectar a los acuerdos que otros clientes obtienen? La verdad es que los fiscales no dan "buenos tratos" a los abogados defensores que no luchan por sus clientes. Los "buenos tratos" y las desestimaciones se consiguen investigando, estudiando las cuestiones jurídicas y sin renunciar a nada.
  • Renunciamos a todos los preliminares porque son una pérdida de tiempo. Una audiencia que podría dar lugar a la desestimación de sus cargos o testimonio favorable del oficial no es una pérdida de tiempo, y un abogado que renuncia a todos los preliminares está negando el debido proceso a todos sus clientes. Recuerde, es su decisión seguir adelante o renunciar a su preliminar, no la de su abogado.

Algunas razones No para renunciar a su audiencia preliminar...

Hay tres buenas razones no renunciar a las audiencias preliminares:

  1. Su caso podría ser desestimado por falta de causa probable. En serio, incluso los abogados que son terribles en el contrainterrogatorio y no se prepararon para sus audiencias obtendrán un buen número de casos desestimados en preliminares porque, lo creas o no, los policías hacen detenciones sin causa probable todo el tiempo.
  2. Su caso podría ser desestimado por falta de acusación. Si el agente no se presenta a la audiencia preliminar (y no lo notifica al tribunal con antelación), su caso debe ser desestimado por falta de acusación.
  3. Testimonio favorable. Aún cuando su caso no sea desestimado, el interrogatorio preliminar es la oportunidad de su abogado para interrogar al oficial bajo juramento en un momento en que el fiscal no ha preparado al oficial para su testimonio. Cualquier declaración útil que el oficial haga en el estrado no puede ser cambiada después, porque el oficial puede ser impugnado con una transcripción de su testimonio preliminar.

Y recuerde, no hay inconveniente en tener una audiencia preliminar. En el mejor de los casos, su caso es desestimado, y usted ha terminado. En el peor de los casos, no pasa nada, y su caso continúa...

¿TIENES AXELROD?

Si ha sido acusado de un delito en el Tribunal de Sesiones Generales de SC, solicite una audiencia preliminar y obtenga un abogado penalista con experiencia en su caso inmediatamente.

Llame a Axelrod & Associates ahora en 843-916-9300 o envíenos un correo electrónico para hablar con un abogado de defensa criminal de Myrtle Beach en el equipo Axelrod hoy.

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