4701 Oleander Drive, Suite A
Myrtle Beach, SC 29577

¿SE LE PUEDE ACUSAR DE ROBO EN PRIMER GRADO POR ENTRAR EN UN ALMACÉN?

¿PUEDE SER ACUSADO DE ROBO EN PRIMER GRADO POR ENTRAR EN UN EDIFICIO DE ALMACENES?
Axelrod & Associates, P.A.
|

¿Te pueden acusar de robo en primer grado por entrar en un almacén?

Aunque la distinción entre robo en primer, segundo o tercer grado puede ser confusa, la mayoría de las personas (incluidos los abogados) entienden que el robo en primer grado es cuando se irrumpe en la casa de alguien, mientras que el robo en tercer grado implica irrumpir en el edificio o negocio de alguien.

En State v. Massey, decidido el 10 de junio de 2020, el Tribunal Supremo de SC aclaró que usted puede ser acusado de robo en primer grado por irrumpir en un edificio de almacenamiento que sólo se utiliza para fines comerciales y que es no unido a una vivienda.

A continuación, vamos a discutir la diferencia entre el primer, segundo y tercer grado de robo y lo que el Estado v. Massey significa para usted si usted es acusado de un delito de robo en SC.

¿ROBO EN PRIMER, SEGUNDO O TERCER GRADO?

La distinción entre robo en primer, segundo o tercer grado es enorme: es la diferencia entre una máximo pena de cinco años de prisión o una mínimo pena de 15 años y hasta cadena perpetua.

Aunque nuestro objetivo en cada caso de robo con allanamiento de morada es conseguir que se desestime el caso de nuestro cliente o ganarlo en el juicio, investigar, investigar y argumentar a favor de una reducción de robo con allanamiento de morada de primer o segundo grado a un cargo de robo con allanamiento de morada de tercer grado es común tanto en las negociaciones de la declaración de culpabilidad como en el juicio.

Robo en tercer grado

Como punto de partida, robo en tercer grado significa que introduce "a edificio sin consentimiento y con intención de cometer un delito en ella".

edificio podría significar cualquier lugar donde la gente va a trabajar, a la escuela, a la iglesia, para entretenerse o donde se almacenan cosas. Confusamente, la definición legal de "edificio" también incluye un lugar donde "cualquier persona se aloja o vive", pero, a los efectos del robo en tercer grado, un lugar donde alguien vive es una vivienda que elevará el cargo a robo en segundo o primer grado.

Robo en segundo grado

Una persona puede ser condenada por robo en segundo grado si introducen "a vivienda sin consentimiento y con intención de cometer un delito en ella".

¿Qué es una vivienda?

Ley del TS define una vivienda como cualquier estructura donde una persona duerme o se aloja o cualquier dependencia que esté 1) a menos de 200 yardas de una vivienda y 2) anexa a la vivienda:

Con respecto a los delitos de robo e incendio y a todos los delitos constituidos o agravados por ser cometidos en una vivienda, cualquier casa, dependencia, apartamento, edificio, construcción, cobertizo o caja en la que duerma un propietario, inquilino, vigilante, empleado, se considerará vivienda, y de dicha vivienda o de cualquier otra vivienda se considerarán parcelas todas las casas, dependencias, edificios, cobertizos y construcciones que se encuentren a menos de doscientas yardas de la misma y que sean anexas a ella o al mismo establecimiento del que es anexa.

Ese es el punto de partida: "edificio" = robo en tercer grado y "vivienda" = robo en segundo grado. Pero luego hay que ver si hay "circunstancias agravantes" que elevarían el cargo al siguiente grado....

Circunstancias agravantes y robo en primer grado

Si una persona es acusada de robo en segundo o tercer grado, ese cargo puede ser "elevado" a robo en primer o segundo grado si existen circunstancias agravantes, incluyendo:

(1) cuando, al efectuar la entrada o mientras se encontraba en la vivienda o en la huida inmediata, él u otro participante en el delito:

(a) esté armado con un arma mortal o un explosivo; o

(b) cause lesiones físicas a una persona que no participe en el delito; o

(c) utilice o amenace con utilizar un instrumento peligroso; o

(d) muestre lo que sea o parezca ser un cuchillo, pistola, revólver, rifle, escopeta, ametralladora u otra arma de fuego; o

(2) el robo lo comete una persona con antecedentes de dos o más condenas por robo o allanamiento de morada o una combinación de ambos; o

(3) la entrada o permanencia se produce durante la noche.

Supongamos que una persona entró en un edificio de almacenamiento en la propiedad de alguien (los hechos de Massey). Ocurrió de noche, lo que es una circunstancia agravante.

Podrías pensar que esto sería un robo segundo grado (punible con no más de diez años - tenga en cuenta que si el cargo fuera "mejorado" de robo en tercer grado sería punible con hasta 15 años), porque es un edificio de almacenamiento, nadie duerme en él, y ocurrió durante la noche.

El Tribunal Supremo dice en Massey que no importa que se utilice como almacén y que nadie duerma en él - si es correspondiente a la vivienda, el cargo adecuado es robo en primer grado (castigado con cadena perpetua).

¿CUÁNDO UNA DEPENDENCIA ES "ACCESORIA" DE UNA VIVIENDA?

¿Qué significa "perteneciente a"?

La definición de "vivienda" también incluye "todas las casas, dependencias, edificios, cobertizos y construcciones que se encuentren a menos de doscientas yardas de ella y sean accesorios de la misma o del mismo establecimiento del que sea accesoria".

El problema es que La ley del TS no define "perteneciente a" en este contexto. ¿Significa un lugar donde también se duerme? ¿Adjunto a la vivienda? ¿Se encuentra a cierta distancia de la vivienda? ¿Propiedad de la misma persona? ¿Forma parte de la misma parcela?

El Tribunal de Apelación en el caso Massey consideró que "el edificio de almacenamiento está "separado de la vivienda de la víctima" y destinado a un uso distinto, "como reflejan la señalización comercial y el hecho de que la víctima almacene allí sus herramientas de trabajo". Id. El Tribunal de Apelaciones consideró además que "no había pruebas de que el edificio de almacenamiento se utilizara como vivienda o estuviera de algún modo 'anexo a' o 'unido a' la casa", y confirmó la conclusión del tribunal de primera instancia de que el edificio de almacenamiento no podía sustentar un cargo de robo en primer grado.

Así es como la mayoría de los abogados han interpretado "appurtenant to". Sin embargo, el Tribunal Supremo no está de acuerdo. Aunque tampoco definió "accesorio de", dejando la cuestión tan oscura como estaba antes de publicar su dictamen, ofreció algunas orientaciones:

El término "accesorio" tiene múltiples significados, dependiendo del contexto y del lenguaje legal, por lo que cualquier pronunciamiento extenso en relación con la ley de robo debe hacerse tras la debida consideración de un registro completo. Aunque Massey se centra en la importancia de las parcelas separadas, también se ha reconocido que la accesoriedad, una cuestión de hecho, se ha equiparado ampliamente con el uso.

Según el Tribunal Supremo de SC en Massey, "appurtenant to" no media:

  • Propiedad de;
  • Dentro de un recinto o pared común;
  • A la vista de la vivienda;
  • Físicamente unida a la vivienda o
  • Una parte de la misma parcela.

En hace media:

  • Utilizado por los ocupantes de la casa;
  • "contribuye materialmente a la comodidad y conveniencia de habitar en la vivienda"; o
  • Cerca de la casa (proximidad).

Una "dependencia" o cobertizo de almacenamiento puede considerarse una vivienda si se encuentra a menos de 200 yardas (dos campos de fútbol) de una vivienda y "anexo" a la vivienda.

Si, como dice el Tribunal Supremo del Tribunal Supremo en Massey, "accesorio de" significa "un edificio cercano a una vivienda que es utilizado por los ocupantes y que contribuye materialmente a la comodidad y conveniencia de habitar en la casa", entonces puedes ser declarado culpable de robo con allanamiento de morada en primer lugar y condenado a cadena perpetua por coger un cortacésped del cobertizo de alguien, aunque esté situado lejos de su casa pero siga estando en su propiedad (a menos de dos campos de fútbol de la casa).

Usted puede ser condenado por robo en primer grado por entrar en casi cualquier estructura en la propiedad de alguien con la intención de cometer un delito en el interior, y los cargos de robo en segundo y tercer grado se limitan ahora a las empresas, unidades de almacenamiento, y otros edificios que no están en la misma propiedad que la casa de una persona.

¿Solicitud de anulación de la acusación o de veredicto dirigido?

El Tribunal Supremo de Carolina del Sur no decidió que el edificio en Massey era accesorio de la vivienda, aunque ciertamente indicó que es un resultado que aprobaría.

Más bien, su decisión revocó la decisión del tribunal de primera instancia de anular la acusación y sostuvo que la cuestión sólo puede decidirse en una moción de veredicto dirigido después de que el Estado haya presentado su caso - cuando los hechos se han desarrollado.

¿TIENES AXELROD?

Si usted ha sido acusado de cualquier delito, incluido el robo en SC, llame Axelrod y Asociados ahora en 843-353-3449 o enviar un correo electrónico para hablar con un abogado de defensa criminal de Myrtle Beach, SC hoy.

Entradas recientes

Categorías

Archivos

¿Necesita ayuda? Póngase en contacto con Axelrod & Associates, P.A.

Medios de Comunicación Social:

pagos

Solicite su
Consulta

Los campos marcados con * son obligatorios.

  • Este campo tiene fines de validación y no debe modificarse.
//