4701 Oleander Drive, Suite A
Myrtle Beach, SC 29577
4701 Oleander Drive, Suite A
Myrtle Beach, SC 29577
El procedimiento para solicitar la custodia en SC depende de las circunstancias - en este artículo, vamos a ver las diferentes maneras en que usted puede solicitar la custodia en SC, incluyendo:
Cuando los padres están casados, uno o ambos progenitores solicitarán al tribunal la custodia como parte de su proceso de divorcio. Si usted solicita la custodia de los hijos, en la demanda de divorcio debe pedir al tribunal que le conceda la custodia de los hijos y solicitar al cónyuge no custodio el pago de una pensión alimenticia razonable.
Una vez que la demanda de divorcio ha sido presentada y notificada al otro progenitor, su abogado puede programar un audiencia temporal donde puede pedir al tribunal que resuelva cualquier asunto urgente, como la custodia de los hijos, el régimen de visitas y la pensión alimenticia.
Aunque no se trata de una decisión definitiva, es más probable que se le conceda la custodia en la sentencia definitiva de divorcio si el menor ha estado viviendo con usted mientras estaba pendiente la demanda de divorcio. Si no se resuelve la custodia, deberá participar en una mediación en la que un mediador intentará ayudarle a usted y a su ex cónyuge a llegar a un acuerdo.
Si la custodia no se resuelve por mediación, el tribunal de familia decidirá la custodia en la audiencia final basándose en los factores legales que se encuentran en Código SC § 63-15-240 y el interés superior del niño.
Si se está separando de su cónyuge pero no pide el divorcio en este momento, puede solicitar la custodia de sus hijos como parte de una demanda de separación de bienes y alimentos.
Aunque usted no solicite el divorcio, el tribunal de familia está facultado para dictar una orden de asistencia y mantenimiento independientes que decide cuestiones como:
Cuando los progenitores no están casados, el niño queda automáticamente con la madre, a menos que el padre establezca la paternidad mediante un Reconocimiento voluntario de paternidad o una orden judicial.
Dependiendo de las circunstancias, un padre que busca la custodia de su hijo nacido fuera del matrimonio puede tener que presentar una petición de paternidad en el tribunal de familia y notificar a la madre del niño con la petición.
Si la madre responde y reconoce la paternidad, el padre puede solicitar la custodia del niño. Si la madre responde y niega la paternidad, el padre puede someterse a una prueba de ADN para demostrar su reclamación.
Una vez establecida la paternidad, el padre puede presentar una petición de custodia, y el tribunal decidirá sobre la custodia en función del interés superior del menor.
Es más difícil para un no padre solicitar la custodia de un niño en SC. La decisión del tribunal en cuanto a la custodia del niño se rige por la determinación del tribunal de lo que es en el mejor interés del niño, y hay una presunción refutable en SC que la custodia con los padres naturales es en el mejor interés del niño....
No obstante, existen dos formas de que un no progenitor solicite la custodia en el TS: cuando el no progenitor es un "custodio de facto" y cuando el no progenitor es considerado un "progenitor psicológico".
Código SC § 63-15-60 dice que, si el tribunal determina - por pruebas claras y convincentes - que una persona es custodio de facto del niño, entonces esa persona tiene legitimación para solicitar la custodia o el régimen de visitas con el niño. si el tribunal también determina mediante pruebas claras y convincentes que los padres naturales del menor no son aptos o que existen otras circunstancias apremiantes.
Un custodio de hecho es una persona que ha sido el principal cuidador y apoyo económico de un niño durante al menos seis meses si el niño es menor de tres años o durante al menos un año si el niño tiene tres años o más.
El segundo método por el que un no progenitor puede solicitar la custodia es cuando el peticionario demuestra que existe una relación de "progenitor psicológico" con el menor, tal y como expuso el Tribunal de Apelación del TS en la sentencia Middleton contra Johnson.
En Middletonel Tribunal de Apelación sostuvo que el peticionario tenía derecho a visitas con un hijo menor de edad cuando había ejercido como padre psicológico del niño durante diez años y era en el interés superior del niño permitir las visitas.
Para demostrar que un peticionario es un progenitor psicológico, el peticionario debe demostrar que:
Su abogado de divorcio de Myrtle Beach en Axelrod y Asociados le ayudará a determinar la mejor manera de solicitar la custodia en sus circunstancias, si usted está buscando un divorcio, custodia de los hijos durante una separación, o la custodia de un niño cuando usted no es el padre natural.
Si tiene preguntas sobre cómo solicitar la custodia de un hijo en SC, llame hoy mismo a Axelrod and Associates al 843-916-9300 o rellene nuestro formulario de contacto para concertar una consulta.
Los campos marcados con * son obligatorios.