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¿Quién tiene derecho a una indemnización por defunción en Sc?

¿Quién tiene derecho a indemnización por fallecimiento en sc?
Axelrod & Associates, P.A.
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En York v. York, decidido el 6 de junio de 2018, el Tribunal de Apelaciones del TS revocó la conclusión de la Comisión de Compensación de Trabajadores de que un pareja de hecho no tenía derecho a percibir una indemnización por fallecimiento tras la muerte de su pareja de hecho.

El comisionado en el caso de abajo sostuvo que el demandante (Yvonne) no era un cónyuge de derecho común y por lo tanto no tenía derecho a prestaciones de indemnización por muerte del trabajador porque una mujer que vive "en una relación ilícita con un hombre con el que no está legalmente casada"no puede ser considerado dependiente a efectos de las prestaciones de compensación por accidente de trabajo.

Dado que Yvonne cometió el "delito" de fornicación, el comisario estimó que no tenía derecho a las prestaciones aunque estuviera a cargo del difunto en el momento de su fallecimiento.

Espera, ¿qué? ¿Estamos viviendo en los años 50?

El comisario hizo basó su decisión en un caso de 1950...

A continuación vamos a discutir quién recibe los beneficios de muerte de compensación de trabajadores, cuando un cónyuge de derecho común tiene derecho a beneficios, y cómo el Tribunal de Apelaciones de SC eludió la oportunidad de abordar lo que es claramente un sesgo de género inconstitucional en la ley de SC.

¿QUIÉN PERCIBE LA INDEMNIZACIÓN POR DEFUNCIÓN EN SC?

Sección 42-9-290 del Código de SC dice que, si un empleado muere en el trabajo, el empresario debe proporcionar prestaciones por defunción a cualquier persona que dependiera totalmente del empleado para su manutención:

(A) Si la muerte se produce como consecuencia de un accidente y dentro de los dos años siguientes al accidente o mientras persista la incapacidad total y dentro de los seis años siguientes al accidente, el empleador pagará o hará que se pague, con sujeción, sin embargo, a las disposiciones de las otras secciones de este título, en uno de los métodos previstos en este capítulo, a los dependientes del empleado que dependían totalmente de sus ingresos para su manutención en el momento del accidente, un pago semanal igual al sesenta y seis y dos tercios por ciento de su salario semanal promedio....

¿Cómo decidir quién era totalmente dependiente?

El artículo 42-9-110 del Código de SC establece que "se presumirá de forma concluyente que el cónyuge supérstite o un hijo dependen totalmente del empleado fallecido para su manutención".

Artículo 42-9-120 también permite al tribunal determinar quién más puede haber estado a cargo del fallecido en el momento de su muerte:

En todos los demás casos, las cuestiones de dependencia, total o parcial, se determinarán de acuerdo con los hechos, tal como éstos se presenten en el momento del accidente; pero no se concederá ninguna indemnización en lugar de alojamiento, comida o servicios, y no se concederá ninguna indemnización a menos que la dependencia haya existido durante un período de tres meses o más antes del accidente.

¿Y si hay más de una persona a cargo?

Sección 42-9-130 del Código de SC dice que si hay más de una persona que dependía totalmente de los ingresos del trabajador por cuenta ajena, las prestaciones se dividirán entre ellas:

Si hay más de una persona totalmente a cargo, la prestación por defunción se dividirá entre ellas y las personas parcialmente a cargo, si las hubiere, no recibirán parte alguna de la misma. Si no hay ninguna persona a cargo y varias personas a cargo parcialmente, la prestación por defunción se repartirá entre ellas en función de su grado relativo de dependencia.

En cambio, si no hay personas a cargo, Artículo 42-9-140 dice que las prestaciones irán a parar a los hijos supervivientes no dependientes y, si no hay hijos supervivientes no dependientes, a los padres supervivientes del fallecido.

En este caso, la verdadera cuestión era si la madre de la empleada tendría que repartir las prestaciones con Yvonne.

El comisario consideró que ambos Yvonne y la madre del trabajador fallecido estaban ambas a cargo del trabajador, lo que significa que la madre debe repartir las prestaciones con Yvonne si ésta aunque no fuera pareja de hecho.

¿LA "FORNICACIÓN" IMPIDE QUE UN DEPENDIENTE RECIBA PRESTACIONES POR FALLECIMIENTO EN LA COMPENSACIÓN DE TRABAJADORES?

El comisario consideró que Yvonne más dependiente del empleado fallecido que su madre, pero denegó las prestaciones a Yvonne porque:

  • El comisario consideró que no era pareja de hecho.
  • Se le prohibió recibir prestaciones porque estaba "fornicando" con el empleado fallecido en una "relación ilícita".

En primer lugar, permítanme decir que soy un abogado de defensa criminal y nunca he visto un proceso penal en SC por "fornicación". Estoy seguro de que si tal procesamiento se produjera hoy en día, la ley sería declarada inconstitucional, una cuestión que el Tribunal de Apelación del Tribunal Supremo eludió e ignoró.

Day v. Day - Relaciones ilícitas y fornicación

El comisario basó en parte su decisión en el asunto del TS de 1950 Day contra Day, 216 S.C. 334, 58 S.E.2d 83 (1950), donde el Tribunal sostuvo que "no era intención del legislador permitir que se clasificara y considerara como dependiente en el sentido de [la] Ley a una mujer que vive en [una] relación ilícita con un hombre con el que no está legalmente casada".

En Day, la reclamante que solicitaba prestaciones no sólo "vivía en pecado", sino que la reclamante y el empleado fallecido mantenían un matrimonio bígamo: era "nulo desde el principio". Por ello, aunque el tribunal del caso Day consideró que la demandante era dependiente, le denegó las prestaciones.

En York, el comisario denegó las prestaciones no porque hubiera un matrimonio bígamo, sino porque la demandante (Yvonne) y el empleado vivían juntos, no estaban casados y "fornicaban".

¿Es la fornicación un delito en SC?

Fornicación, un término a menudo asociado con religioso prohibiciones contra el sexo fuera del matrimonio, es de hecho un delito en SC.

Sección 16-15-80 del Código de SC define la fornicación como "la convivencia y el acto carnal mutuo o el acto carnal habitual sin convivencia de un hombre y una mujer, ambos solteros".

Sección 16-15-60 dice que la fornicación se castiga con no menos de 6 meses y hasta un año de cárcel:

Cualquier hombre o mujer que sea culpable del delito de adulterio o fornicación podrá ser acusado y, en caso de condena, será castigado con una multa de no menos de cien dólares ni más de quinientos dólares o con una pena de prisión de no menos de seis meses ni más de un año o con ambas penas, a discreción del tribunal.

Sí, según la ley de Carolina del Sur, puedes ir a la cárcel hasta un año por mantener relaciones sexuales si no estás casado...

¿Por qué el Tribunal de Apelación del TS ignoró la constitucionalidad del Estatuto de Fornicación del TS?

El Tribunal de Apelaciones prácticamente sancionó la inconstitucional, sexista y anticuada ley de fornicación del TS en esta opinión. ¿Por qué?

Podrían haber declarado el estatuto inconstitucional - claramente lo es, y el recurrente planteó esa cuestión aunque el Tribunal de Apelación se negó a responderla.

Podrían haber anulado el caso Day contra Day: el lenguaje en el que se basó el comisario para denegar las prestaciones a Yvonne carece de sentido en la cultura estadounidense actual y es probable que dé lugar a nuevas injusticias.

En su lugar, revocaron al comisario porque no había pruebas de fornicación en el expediente.

La implicación obvia y el estado actual de la ley según lo declarado por el Tribunal de Apelaciones, en este caso, es que la fornicación es motivo para denegar la indemnización por muerte del trabajador a una persona a cargo que no estuviera casada con el fallecido.

En casos futuros, una madre, padre, hijo u otra persona dependiente que quiera denegar las prestaciones a una novia o novio que vivía con él y que dependía totalmente de los ingresos del empleado sólo tendrá que presentar pruebas de que el demandante "fornicaba" con el empleado y se le denegarán las prestaciones.

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