4701 Oleander Drive, Suite A
Myrtle Beach, SC 29577

Vega contra Tekoh: ¿La muerte de Miranda?

Vega contra tekoh: ¿La muerte de Miranda?
Axelrod & Associates, P.A.
|

¿Es la opinión del Tribunal Supremo de EE.UU. en Vega contra Tekoh "la muerte de Miranda?"

No...

No es la muerte de Mirandaaunque podría ser una señal ominosa de lo que el Tribunal está planeando en futuras opiniones de apelación. Tekoh no "elimina" Miranda derechos, y el resultado al que llegó el Tribunal fue probablemente correcto.

Es cómo que han llegado a un resultado que preocupa a la gente. Analicemos este caso: de qué se trata, en qué se equivocó el Tribunal, en qué acertó y por qué hay gente que afirma que es la "muerte de la democracia". Miranda."

VEGA CONTRA TEKOH: ¿DE QUÉ IBA EL CASO?

Tekoh es un auxiliar de enfermería acusado de agredir sexualmente a una paciente en el centro médico donde trabajaba. Vega es el ayudante del sheriff que interrogó a Tekoh sobre la presunta agresión, en el centro médico.

Tekoh entregó a Vega una declaración escrita en la que se disculpaba por haber tocado los genitales de la paciente, fue acusado de agresión sexual y la declaración se utilizó contra él en el juicio. La declaración se utilizó en su contra en el juicio porque el tribunal de primera instancia consideró que no se había tomado en contravención de la ley. Miranda - una conclusión que no fue revocada en ningún momento del juicio ni en apelación.

¿Significaba la declaración que era culpable de la agresión sexual? Al parecer no, porque fue absuelto por el jurado en el juicio. Entonces demandó a Vega por 42 USC §1983 por violar sus derechos constitucionales, en concreto, por utilizar su declaración no requisada en su contra en el juicio penal.

El caso que nos ocupa, Vega contra Tekohno es una apelación de su condena en el juicio. Es una apelación del sheriff del caso civil en el que Tekoh demandó, porque el Tribunal de Apelaciones del Noveno Circuito sostuvo que Tekoh podía demandar por la Miranda violación que, según el tribunal de primera instancia en la causa penal, no se produjo.

Vega recurrió entonces ante el Tribunal Supremo de EE.UU., que revocó la sentencia y sostuvo que nadie puede demandar por violación de Miranda en virtud de §1983...

¿Cuál fue la sentencia del Tribunal?

El Tribunal Supremo de EE.UU. sostuvo que ninguna persona puede presentar una demanda en virtud del 42 U.S.C § 1983 por violación de sus derechos Miranda.

No invirtieron Miranda contra Arizona.

No concluyeron (todavía) que la policía pueda utilizar declaraciones tomadas en violación de la Miranda en el juicio de un acusado. Miranda contra Arizona permanece casi intacta, y la regla de exclusión permanece intacta, pero ahora, si la policía viola sus derechos constitucionales al no cumplir con Miranda, no puede demandarlos en virtud de §1983.

EL TRIBUNAL TENÍA RAZÓN... ¿POR QUÉ NO TIENE SENTIDO LA OPINIÓN?

El resultado al que llegó el Tribunal Supremo fue probablemente correcto. Según los hechos de este caso, no se debería haber permitido a Tekoh presentar una demanda por violación de sus derechos civiles. Porque no hubo violación de sus derechos civiles.

Entonces, ¿cuál es el problema?

El Tribunal ignoró lo que podría haber sido y debería haber sido un análisis muy sencillo de por qué Tekoh no tenía una demanda en virtud de §1983 según los hechos de su caso. Por lo que podemos deducir de los hechos incluidos en la opinión del Tribunal Supremo, no había Miranda violación...

Si no hubiera Miranda violación, no hubo privación de sus derechos constitucionales; por lo tanto, no había base para una acción de 1983.

¿Res Judicata?

El tribunal de primera instancia en el juicio penal de Tekoh consideró que no había Miranda violación.

Presumiblemente, la declaración se admitió como prueba porque el interrogatorio tuvo lugar en el centro médico donde trabajaba Tekoh, no en un coche de policía, ni en comisaría, ni en la cárcel, y antes de que Tekoh fuera acusado del delito.

Si el sospechoso no está detenido, no hay obligación de leer Advertencias Miranda...

El Tribunal Supremo podría haber prescindido fácilmente de este caso basándose en que no había Miranda violación. O, simplemente podrían haber encontrado que cosa juzgada prohibió al demandado convertido en demandante volver a litigar la cuestión.

El tribunal de primera instancia penal consideró que no había Miranda violación. Ningún tribunal de apelación revocó esa decisión (ni podría haberlo hecho, ya que Tekoh fue absuelto). Tekoh estuvo presente en el juicio, tuvo la oportunidad de litigar la cuestión y, de hecho, litigó la cuestión, lo que dio lugar a que el tribunal de primera instancia admitiera la declaración como prueba porque no había ninguna Miranda violación.

La muerte de Miranda: Esta vez no, pero ¿qué vendrá después?

Sin siquiera discutir el hecho de que, en el expediente, no había Miranda El Tribunal, en cambio, se esfuerza en explicar por qué una Miranda no es una violación constitucional. El análisis no tiene sentido, ignora opiniones anteriores del Tribunal Supremo y explica que:

  1. A Miranda violación, cuando la policía viola los derechos de un sospechoso reconocidos en la Quinta Enmienda y en la Sexta Enmienda al interrogarle sin informarle de que tiene derecho a un abogado y a dejar de responder a las preguntas, no es una violación constitucional; por lo tanto
  2. No hay privación de derechos constitucionales, y ninguna persona puede demandar a la policía por violar los requisitos de Miranda.

Nadie puede demandar.

Si existe una Miranda violación, usted no puede demandar. Si la violación de Miranda resulta en una condena injusta, no puede demandar. Si el tribunal de primera instancia en la causa penal considera que se trata de la violación de Miranda más atroz que ha visto nunca, y desestima los cargos penales por la falta cometida, no puede demandar.

¿Por qué lo hicieron?

La respuesta obvia, en el contexto de este caso, es que estaban aprovechando la oportunidad para cerrar una de las pocas vías que tienen los ciudadanos para demandar a la policía cuando han sido agraviados.

Eso es bastante malo - en la superficie, parece que se equivocaron en los casos anteriores de la Corte (comparar la discusión de la Corte de Oregón contra Elstad - un caso de 1985, con la opinión del Tribunal Supremo de EE.UU. en Missouri contra Seibert - un caso de 2004 que el Tekoh Tribunal ignora) y llegar al absurdo resultado de que los derechos protegidos en Miranda contra Arizona no son derechos constitucionales, por lo que pueden impedir a los acusados interponer demandas contra la policía.

Lo que es más insidioso es el efecto que esto puede tener en casos futuros. El Tribunal ha declarado que Miranda no es una norma constitucional, y una Miranda no es una violación constitucional. Eso está a un paso de 1) considerar que una Miranda infracción no exige la supresión de la declaración, y 2) suprimir la Miranda en conjunto.

Por lo tanto, aunque este caso no es la muerte de Mirandapuede ser el agonía como Miranda se estrangula lentamente.

¿TIENES AXELROD?

Si usted ha sido acusado de un delito en SC, necesita un abogado penalista con experiencia en su caso inmediatamente.

Llame a Axelrod & Associates ahora en 843-916-9300 o envíenos un correo electrónico para hablar con un abogado de defensa criminal de Myrtle Beach en el equipo Axelrod hoy.

Entradas recientes

Categorías

Archivos

¿Necesita ayuda? Póngase en contacto con Axelrod & Associates, P.A.

Medios de Comunicación Social:

pagos

Solicite su
Consulta

Los campos marcados con * son obligatorios.

  • Este campo tiene fines de validación y no debe modificarse.
//